Common use of CONDICIONES DE DISEÑO Clause in Contracts

CONDICIONES DE DISEÑO. El número y profundidad de los sondeos es el mínimo a efectuar y podrá ser modificado en caso necesario de acuerdo a indicaciones de la DIRECCIÓN DE OBRA. Se seguirán en todos los casos las siguientes normas de diseño: Ubicación de los pozos: según indicaciones de la DIRECCIÓN DE OBRA. Cantidad mínima: 6. Profundidad: 40,00 m. Normas: IRAM 10500 / 10501 / 10502 / 10503 / 10504 / 10505 / 10507 10.509 / 10510 / 10511 / 10512 / 10513 / 10516 / 10519 / 10520 / 10521.

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Sources: Pliego De Especificaciones Técnicas Generales, Pliego De Especificaciones Técnicas Generales