COMPROBANTES. La “Casa de Bolsa” elaborará un comprobante de cada operación que realice al amparo de este contrato, el cual contendrá todos los datos necesarios para su identificación y el importe de la operación. Este comprobante y el número de su registro contable quedarán a disposición del “Cliente” en la oficina de la “Casa de Bolsa” en donde se maneje la cuenta, a partir del siguiente “Día Hábil” de celebrada la operación, a menos que la misma se manejare a través de una oficina ubicada fuera de la plaza en la que se encuentre la oficina matriz de la “Casa de Bolsa”, caso en el cual tal comprobante estará a disposición del propio “Cliente” el segundo “Día Hábil” posterior a la fecha en que se realizare la operación. Adicionalmente, en caso de que el “Cliente” lo solicite, la “Casa de Bolsa” podrá enviar los comprobantes de operación a través de medios electrónicos. Lo anterior con independencia de que la misma operación se vea reflejada en el estado de cuenta mensual. El “Cliente” acepta que la “Casa de Bolsa” podrá microfilmar, grabar, en formato digital, medios ópticos o magnéticos o en cualquier otro medio que autorice la “Comisión” los comprobantes antes referidos, así como los demás registros y documentos a que se refiere el presente contrato, aceptando que los negativos originales ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ obtenidos por el sistema de microfilmación y la primera copia que se obtenga de los discos ópticos o magnéticos con imágenes digitalizadas, así como las impresiones logradas con base en esa tecnología, debidamente certificadas por el personal autorizado para tales efectos de la “Casa de Bolsa”, tendrán en juicio el mismo valor probatorio que los comprobantes, registros y documentos originales. Los recibos, comprobantes, estados de cuenta y demás documentos que la “Casa de Bolsa” expida a favor del “Cliente” relacionados con este contrato y la cuenta se expedirán invariablemente a nombre del “Cliente” y en ningún caso serán negociables.
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COMPROBANTES. La “Casa Los comprobantes originales o testimonio por exhibición que se enumera a continuación, deben presentarse fuera del sobre de Bolsa” elaborará la oferta respectiva que integran y dentro del mismo se agregará una copia por cada ejemplar de la oferta:
(i) Recibo expedido por la Unidad Tesorería de la ANP que acredite la compra de las Bases de la licitación, este recibo deberá contener el nombre del oferente o las empresas integrantes de un comprobante oferente, el número y objeto de esta licitación.
(ii) Constancia expedida por el Banco de Seguros del Estado respecto al Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (Artículo 61, Ley Nº 16.074) extendido a nombre del oferente, o de cada operación empresa integrante del oferente. No será requerido este documento para las personas físicas ni para las empresas extranjeras que realice al amparo de este contratono se encuentren actualmente desarrollando actividades en el país y así lo declaren expresamente. Si el oferente está integrado por varias personas físicas y/o jurídicas, el cual contendrá documento se presentará por cada una de ellas.
(iii) Recibo expedido por la ANP que acredite haber depositado la garantía de mantenimiento de oferta, el que deberá contener el nombre del oferente o de todos los datos necesarios para su identificación y el importe de la operación. Este comprobante y el número de su registro contable quedarán a disposición del “Cliente” en la oficina de la “Casa de Bolsa” en donde se maneje la cuenta, a partir del siguiente “Día Hábil” de celebrada la operación, a menos que la misma se manejare a través de una oficina ubicada fuera de la plaza en la que se encuentre la oficina matriz de la “Casa de Bolsa”, caso en el cual tal comprobante estará a disposición del propio “Cliente” el segundo “Día Hábil” posterior a la fecha en que se realizare la operación. Adicionalmente, sus integrantes en caso de que el “Cliente” lo solicite, mismo esté integrado por varias personas físicas o jurídicas y el número y objeto de esta licitación.
(iv) Certificado notarial que acredite la “Casa representación de Bolsa” podrá enviar los comprobantes de operación a través de medios electrónicosla o las personas que firman la oferta. Lo anterior con independencia En caso de que el oferente esté integrado por una o más sociedades, el escribano certificará que cada sociedad: es persona jurídica hábil y vigente, trámite de constitución, objeto, plazo y razón social, forma en que se ejerce la representación, facultades de los representantes legales, designación de los respectivos cargos y vigencia de los mismos, designación e identificación de los Directores o Administradores, domicilio, lugar de constitución, indicación de si la misma operación se vea reflejada es filial o sucursal de otra sociedad, o si constituye con otras sociedades un grupo de interés económico. En caso de que el oferente sea persona física, el certificado deberá contener sus datos identificatorios completos, domicilio, nacionalidad y además, inscripción en DGI y BPS en caso de ser empresa unipersonal.
(v) Constancia de inscripción en el estado Registro Único de cuenta mensualProveedores del Estado. El “Cliente” acepta que la “Casa En cumplimiento de Bolsa” podrá microfilmar, grabar, lo establecido en formato digital, medios ópticos o magnéticos o en cualquier otro medio que autorice la “Comisión” los comprobantes antes referidos, así como los demás registros Artículos 46° y documentos a que se refiere el presente contrato, aceptando que los negativos originales 76° del TOCAF/2012 y del Decreto del Poder Ejecutivo N°155/013 del 21 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ obtenidos por el sistema de microfilmación y la primera copia que se obtenga de los discos ópticos o magnéticos con imágenes digitalizadas, así como las impresiones logradas con base en esa tecnología, debidamente certificadas por el personal autorizado para tales efectos de la “Casa de Bolsa”, tendrán en juicio el mismo valor probatorio que los comprobantes, registros y documentos originales. Los recibos, comprobantes, estados de cuenta y demás documentos que la “Casa de Bolsa” expida a favor del “Cliente” relacionados con este contrato y la cuenta se expedirán invariablemente a nombre del “Cliente” y en ningún caso serán negociables2013.
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Sources: Licitación Pública