COMPROBANTES. Independientemente del Estado de Cuenta en el que aparecen reflejados los cargos a la cuenta afectada por alguna instrucción de débito dada desde el sistema de BANCA ELECTRONICA O BANCA EN LÍNEA (transferencias, comisiones, impuestos u otros), el sistema proporcionará a EL CLIENTE un número de confirmación por cada operación instruida y realizada efectivamente. El número de confirmación quedará registrado en los sistemas de EL BANCO como constancia de la transacción.
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Sources: Banking Services Agreement, Banking Services Agreement