Common use of Comisiones Clause in Contracts

Comisiones. Se aplicarán a la presente operación las comisiones que a continuación se indican: - Sin perjuicio del interés pactado, la comisión de apertura será del [*] %, equivalente a Euros [*], calculada sobre el importe concedido o, en caso de ampliación, calculada sobre el importe de capital en que se amplía el préstamo, a satisfacer por el CLIENTE de una sola vez a la firma del contrato. - En concepto de estudio de la presente operación, se devengará una comisión a favor de Inversis del [*] % sobre el importe del presente préstamo, que el CLIENTE abonará de una sola vez a la firma del mismo, con un mínimo de [*] Euros. - Cualquier pago anticipado del capital xxx xxxxxxxx, llevará aparejado para el CLIENTE una comisión de reembolso del [*]%. En concepto de reclamación de posiciones deudoras vencidas, Inversis podrá percibir del CLIENTE o, en su caso, del/de los Fiador/es, una comisión de 30 euros para compensar los gastos de gestión de impagados que se reclamen. Esta comisión se devengará en cada cuenta o contrato y por cada posición deudora vencida, originada por cualquier tipo de asiento, ejecución de garantía, amortizaciones, cuotas, intereses, comisiones o cualquier otro asiento, incluso excedidos de crédito no regularizados en la fecha comprometida. Esta comisión se aplicará una sola vez, aunque la posición deudora se prolongue más de un periodo de liquidación. En concepto de modificación de condiciones se devengará a favor de Inversis las siguientes comisiones, según el tipo de modificación, que se liquidarán por Inversis al CLIENTE en el momento que tenga lugar la modificación: * Modificación de tipo de interés, índice de referencia, diferencial sobre índice, sistema o periodicidad de revisión, plazo, periodicidad de pago y sistema de amortización: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Novación sujeta a la Ley 2/94 que tenga por objeto únicamente la ampliación de plazo: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Modificación de garantías: [*]% del capital pendiente de amortizar. * Modificación de comisiones de amortización anticipada: [*]% del capital pendiente de amortizar. La comisión por modificación de condiciones se aplicará por cada una de las modificaciones que se produzcan, incluso cuando tengan lugar simultáneamente la modificación de varias condiciones del contrato xx xxxxxxxx, siempre sin superar el importe máximo tarifado en concepto de apertura xxx xxxxxxxx según Folleto de Xxxxxxx. Para el caso de que se produzca la modificación de varias condiciones dentro de un mismo apartado, sólo se podrá aplicar una sola vez. - Dado que el presente préstamo se concede al prestatario en tanto que ostenta la condición de empleado, en el caso de transmisión de la/s finca/s hipotecada/s; alteración de la parte deudora derivada de cualquier proceso de separación o divorcio; no se permitirá la subrogación por cambio de deudor. - En concepto de renegociación de deuda se devengará a favor de Inversis una comisión del [*]% calculado sobre la deuda vencida y no pagada, con un mínimo de [*]Euros. Se cobrará en la cuenta corriente asociada en el momento de la negociación. No obstante, en caso de que no se llegara a acuerdo de pago concreto por causas no imputables al CLIENTE, se devolverá al CLIENTE el importe pagado por dicho concepto. A efectos informativos se hace constar que la Tasa Anual Equivalente correspondiente al nominal pactado es de [*] % y el coste total xxx xxxxxxxx asciende a [*] ([*]) euros, que han sido calculados con arreglo a la normativa que resulta de aplicación (Artículo 8 de la Ley 5/2019, de 15 xx xxxxx, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, Artículo 31 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, Artículo 32 terdecies de la Orden ECE/482/2019, de 26 xx xxxxx, por la que se modifican la Orden EHA/1718/2010, de 11 xx xxxxx, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Circular del Banco de España núm. 5/2012, de 27 xx xxxxx). La fórmula aplicada a esta operación es la recogida en el Anexo II de la Ley 5/2019, en el Anexo V de la Orden anteriormente citada en primer lugar y el Anexo 7 de la Circular indicada. La TAE y el COSTE TOTAL de la operación comprenden los siguientes conceptos (se excluye expresamente en su valoración los gastos de notaría, los gastos por incumplimiento de las obligaciones de pago, así como el coste de mantenimiento de la cuenta asociada, cuyo importe se detalla en el contrato de apertura de cuenta corriente y los costes de los medios de pago asociados a la misma): Intereses totales: [*] EUR. Gastos de relacionados con la formalización: [*]EUR. Gastos periódicos: [*] EUR Seguro de daños, seguro hogar o todo riesgo hogar: Importe a considerar total plazo: [*] EUR El desglose de cada uno de estos importes ciertos u orientativos, según los casos, se han relacionado en la FEIN, así como en la Ficha de Advertencias Estandarizadas (en adelante, FiAE), habiéndose calculado en alguno de los casos en base a una simulación efectuada con los datos reales de la operación y del cliente. Los gastos de derivados de la formalización de la hipoteca, incluido el de tasación, serán de cargo de Inversis, quedando excluidos aquellos que las leyes o la jurisprudencia estimen a cargo del CLIENTE. Asimismo, serán a cargo de Inversis el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales asociados a la constitución de la hipoteca.

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Comisiones. Se aplicarán a la presente operación las comisiones que a continuación se indican: - Sin perjuicio del interés pactado, la comisión de apertura será del [*] %, equivalente a Euros [*], calculada sobre el importe concedido o, en caso de ampliación, calculada sobre el importe de capital en que se amplía el préstamo, a satisfacer por el CLIENTE de una sola vez a la firma del contrato. - En concepto de estudio de la presente operación, se devengará una comisión a favor de Inversis del [*] % sobre el importe del presente préstamo, que el CLIENTE abonará de una sola vez a la firma del mismo, con un mínimo de [*] Euros. - Cualquier pago anticipado del capital xxx xxxxxxxx, llevará aparejado para el CLIENTE una comisión de reembolso del [*]%. En concepto de reclamación de posiciones deudoras vencidas, Inversis podrá percibir del CLIENTE o, en su caso, del/de los Fiador/es, una comisión de 30 euros para compensar los gastos de gestión de impagados que se reclamen. Esta comisión se devengará en cada cuenta o contrato y por cada posición deudora vencida, originada por cualquier tipo de asiento, ejecución de garantía, amortizaciones, cuotas, intereses, comisiones o cualquier otro asiento, incluso excedidos de crédito no regularizados en la fecha comprometida. Esta comisión se aplicará una sola vez, aunque la posición deudora se prolongue más de un periodo de liquidación. En concepto de modificación de condiciones se Este préstamo devengará a favor de Inversis UNICAJA BANCO y a cargo de la PARTE PRESTATARIA las siguientes comisiones, según el tipo de modificación, comisiones que se liquidarán por Inversis al CLIENTE regulan en el momento que tenga lugar la modificación: * Modificación de tipo de interés, índice de referencia, diferencial sobre índice, sistema o periodicidad de revisión, plazo, periodicidad de pago y sistema de amortización: esta cláusula. ❖ [*] % del capital pendiente de amortizar. * Novación sujeta a la Ley 2/94 que tenga por objeto únicamente la ampliación de plazo: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Modificación de garantías: [*]% del capital pendiente de amortizar. * Modificación de comisiones de amortización anticipada: [*]% del capital pendiente de amortizar. La comisión por modificación de condiciones se aplicará por cada una de las modificaciones que se produzcan, incluso cuando tengan lugar simultáneamente la modificación de varias condiciones del contrato xx xxxxxxxx, siempre sin superar el importe máximo tarifado en concepto de apertura xxx xxxxxxxx según Folleto de Xxxxxxx. Para el caso de que se produzca haya pactado la modificación aplicación de varias condiciones dentro una comisión de un mismo apartado, sólo se podrá aplicar apertura]: El presente préstamo devenga por una sola vez. - Dado que el presente préstamo se concede al prestatario en tanto que ostenta la condición de empleado, en concepto de precio, una comisión de apertura del por ciento ( %) de su principal, con un mínimo de EUROS ( .-€). Esta comisión de apertura se liquida en esta misma fecha. ❖ [Para el caso de transmisión que se haya pactado la aplicación de la/s finca/s hipotecada/s; alteración una comisión de la parte deudora derivada reembolso anticipado]: En caso de cualquier proceso reembolso anticipado, sea total o parcial, durante los diez (10) primeros años de separación o divorcio; no se permitirá la subrogación por cambio de deudor. - En concepto de renegociación de deuda vigencia xxx xxxxxxxx, se devengará a favor de Inversis UNICAJA BANCO y a cargo de la PARTE PRESTATARIA una comisión por importe equivalente a la pérdida financiera que sufra UNICAJA BANCO como consecuencia del [*]% calculado sobre la deuda vencida y no pagadareembolso anticipado de que se trate, con un mínimo el límite del 16 por ciento del capital reembolsado anticipadamente. En caso de [*]Eurosreembolso anticipado, sea total o parcial, una vez transcurridos los diez (10) primeros años de vigencia xxx xxxxxxxx, se devengará a favor de UNICAJA BANCO y a cargo de la PARTE PRESTATARIA una comisión por importe equivalente a la pérdida financiera que sufra UNICAJA BANCO como consecuencia del reembolso anticipado de que se trate, con el límite del 17 por ciento del capital reembolsado anticipadamente. Se cobrará en la cuenta corriente asociada Dicha pérdida financiera sufrida por UNICAJA BANCO se calculará, proporcionalmente al capital reembolsado, por diferencia negativa entre el capital pendiente en el momento del reembolso anticipado y el valor presente de xxxxxxx xxx xxxxxxxx. El valor presente de xxxxxxx xxx xxxxxxxx se calculará como la negociaciónsuma del valor actual de las cuotas pendientes de pago hasta la fecha de vencimiento, y del valor actual del capital pendiente que quedaría en el momento del vencimiento de no producirse la cancelación anticipada. No obstanteEl tipo de interés de actualización será el xx xxxxxxx aplicable al plazo restante hasta la fecha de vencimiento. Para calcular el valor xx xxxxxxx se empleará como índice o tipo de interés de referencia el tipo Interest Rate Swap (IRS) de más reciente publicación por el Banco de España anterior a la fecha del reembolso anticipado, para el plazo que, de entre 2, 3, 4, 5, 7, 10, 15, 20 y 30 años, más se aproxime al plazo xxx xxxxxxxx que reste desde el reembolso anticipado hasta la próxima fecha de vencimiento. A dicho índice o tipo de interés de referencia se le añadirá un diferencial del 18, que responde a la diferencia existente, en la presente fecha, entre el tipo de interés xxxxxxxxx xxx xxxxxxxx y el IRS al plazo que, de entre los anteriormente indicados, más se aproxima al que media hasta la siguiente fecha de vencimiento. ❖ [Para el caso de que no se llegara a acuerdo haya pactado la aplicación de una comisión por reclamación de posiciones deudoras]: Por cada obligación de pago concreto por causas no imputables al CLIENTE, se devolverá al CLIENTE el importe pagado por dicho concepto. A efectos informativos se hace constar que la Tasa Anual Equivalente correspondiente al nominal pactado es de [*] % y el coste total xxx xxxxxxxx asciende a [*] ([*]) euros, que han sido calculados con arreglo a la normativa que resulta de aplicación (Artículo 8 de la Ley 5/2019, de 15 xx xxxxx, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, Artículo 31 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, Artículo 32 terdecies de la Orden ECE/482/2019, de 26 xx xxxxx, por la que se modifican la Orden EHA/1718/2010, de 11 xx xxxxx, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Circular del Banco de España núm. 5/2012, de 27 xx xxxxx). La fórmula aplicada a esta operación es la recogida en el Anexo II de la Ley 5/2019, en el Anexo V de la Orden anteriormente citada en primer lugar y el Anexo 7 de la Circular indicada. La TAE y el COSTE TOTAL de la operación comprenden los siguientes conceptos (se excluye expresamente en su valoración los gastos de notaría, los gastos por incumplimiento de las obligaciones de pago, así como el coste de mantenimiento de la cuenta asociada, cuyo importe se detalla en el contrato de apertura de cuenta corriente y los costes de los medios de pago asociados a la misma): Intereses totales: [*] EUR. Gastos de relacionados con la formalización: [*]EUR. Gastos periódicos: [*] EUR Seguro de daños, seguro hogar o todo riesgo hogar: Importe a considerar total plazo: [*] EUR El desglose de cada uno de estos importes ciertos u orientativos, según los casos, se han relacionado en la FEIN, así como en la Ficha de Advertencias Estandarizadas (en adelante, FiAE), habiéndose calculado en alguno de los casos en base a una simulación efectuada con los datos reales de la operación y del cliente. Los gastos de derivados de la formalización de la hipoteca, incluido el de tasación, serán de cargo de Inversis, quedando excluidos aquellos que las leyes o la jurisprudencia estimen a cargo del CLIENTE. Asimismo, serán a cargo de Inversis el Impuesto la PARTE PRESTATARIA no atendida a su vencimiento, una vez que UNICAJA BANCO haya realizado la oportuna gestión personalizada de Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales asociados a la constitución de la hipoteca.reclamación del impago correspondiente, se

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Comisiones. Se aplicarán Durante la vigencia de la póliza, el Contratante podrá solicitar por escrito a la presente operación las comisiones que a continuación se indican: - Sin perjuicio del interés pactadoCompañía le informe el porcentaje de la prima que, por concepto de comisión o compensación directa, corresponda al intermediario o persona moral por su intervención en la celebración de este contrato, la comisión de apertura será del [*] %Institución proporcionará dicha información, equivalente a Euros [*], calculada sobre el importe concedido opor escrito o por medios electrónicos, en caso un plazo que no excederá xx xxxx (10) días hábiles posteriores a la fecha de ampliación, calculada sobre el importe recepción de capital en la solicitud. La cantidad que se amplía el préstamo, a satisfacer pagará en cada cobertura por el CLIENTE de una sola vez a cada riesgo que se ampara bajo este Contrato queda especificada en la firma del contrato. - En concepto de estudio carátula de la presente operación, se devengará una comisión a favor de Inversis del [*] % sobre el importe del presente préstamo, que el CLIENTE abonará de una sola vez a la firma del mismo, con un mínimo de [*] Euros. - Cualquier pago anticipado del capital xxx xxxxxxxx, llevará aparejado para el CLIENTE una comisión de reembolso del [*]%. En concepto de reclamación de posiciones deudoras vencidas, Inversis podrá percibir del CLIENTE o, en su caso, del/de los Fiador/es, una comisión de 30 euros para compensar los gastos de gestión de impagados que se reclamen. Esta comisión se devengará en cada cuenta o contrato y por cada posición deudora vencida, originada por cualquier tipo de asiento, ejecución de garantía, amortizaciones, cuotas, intereses, comisiones o cualquier otro asiento, incluso excedidos de crédito no regularizados en la fecha comprometida. Esta comisión se aplicará una sola vez, aunque la posición deudora se prolongue más de un periodo de liquidación. En concepto de modificación de condiciones se devengará a favor de Inversis las siguientes comisiones, según el tipo de modificación, que se liquidarán por Inversis al CLIENTE en el momento que tenga lugar la modificación: * Modificación de tipo de interés, índice de referencia, diferencial sobre índice, sistema o periodicidad de revisión, plazo, periodicidad de pago y sistema de amortización: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Novación sujeta a la Ley 2/94 que tenga por objeto únicamente la ampliación de plazo: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Modificación de garantías: [*]% del capital pendiente de amortizar. * Modificación de comisiones de amortización anticipada: [*]% del capital pendiente de amortizar. La comisión por modificación de condiciones se aplicará por cada una de las modificaciones que se produzcan, incluso cuando tengan lugar simultáneamente la modificación de varias condiciones del contrato xx xxxxxxxx, siempre sin superar el importe máximo tarifado en concepto de apertura xxx xxxxxxxx según Folleto de Xxxxxxxpóliza. Para el caso de pérdida total del vehículo asegurado que afecte las coberturas de 1. Daños Materiales y 2. Robo Total, las sumas aseguradas se produzca determinarán aplicando los siguientes criterios: Para las coberturas 1. Daños Materiales y 2. Robo Total, la modificación suma asegurada corresponde al “Valor Factura" Los meses de varias condiciones dentro uso se determinarán calculando el tiempo transcurrido entre la fecha de un mismo apartadoemisión de la Factura Original del Vehículo Asegurado y la fecha del siniestro. Para las coberturas 1. Daños Materiales y 2. Robo Total, sólo se podrá aplicar una sola vezla suma asegurada corresponde al “Valor Comercial” de acuerdo a lo establecido en la carátula de la póliza y será el límite máximo de responsabilidad. - Dado que el presente préstamo se concede al prestatario en tanto que ostenta la condición de empleado, en el En caso de transmisión haber contratado “Valor Comercial”, este se entenderá como el valor de la/s finca/s hipotecada/s; alteración venta de la parte deudora derivada Guía CESVI VIN Plus que tenga el vehículo en la fecha del siniestro (incluyendo IVA e impuestos que correspondan). Para las Coberturas de cualquier proceso 1. Daños Materiales y 2. Robo Total, la suma asegurada es la establecida en la carátula de separación o divorcio; no se permitirá la subrogación póliza y ésta operará como límite máximo de responsabilidad, misma que ya contempla el aumento por cambio de deudor. - En concepto de renegociación de deuda se devengará a favor de Inversis una comisión del [*]% calculado sobre la deuda vencida y no pagada, con un mínimo de [*]Eurosgastos e impuestos. Se cobrará en la cuenta corriente asociada en el momento de la negociación. No obstante, en En caso de que el vehículo asegurado tenga un origen distinto a un residente, residente modelo anterior o legalmente importado, y esta situación no se llegara haya sido asentada por el Asegurado en la solicitud de seguro para su correcta suscripción, la suma asegurada corresponderá a acuerdo la establecida en la carátula de pago concreto por causas no imputables al CLIENTE, se devolverá al CLIENTE el importe pagado por dicho concepto. A efectos informativos se hace constar que la Tasa Anual Equivalente correspondiente al nominal pactado es de [*] póliza menos una depreciación mínima del 25% y el coste total xxx xxxxxxxx asciende a [*] ([*]) eurosmáxima del 40%, que han sido calculados con arreglo a la normativa que resulta de aplicación (Artículo 8 de la Ley 5/2019, de 15 xx xxxxx, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, Artículo 31 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección dependiendo del cliente de servicios bancarios, Artículo 32 terdecies de la Orden ECE/482/2019, de 26 xx xxxxx, por la que se modifican la Orden EHA/1718/2010, de 11 xx xxxxx, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Circular del Banco de España núm. 5/2012, de 27 xx xxxxx). La fórmula aplicada a esta operación es la recogida en el Anexo II de la Ley 5/2019, en el Anexo V de la Orden anteriormente citada en primer lugar y el Anexo 7 de la Circular indicada. La TAE y el COSTE TOTAL de la operación comprenden los siguientes conceptos (se excluye expresamente en su valoración los gastos de notaría, los gastos por incumplimiento de las obligaciones de pago, así como el coste de mantenimiento de la cuenta asociada, cuyo importe se detalla en el contrato de apertura de cuenta corriente y los costes de los medios de pago asociados a la misma): Intereses totales: [*] EUR. Gastos de relacionados con la formalización: [*]EUR. Gastos periódicos: [*] EUR Seguro de daños, seguro hogar o todo riesgo hogar: Importe a considerar total plazo: [*] EUR El desglose de cada uno de estos importes ciertos u orientativos, según los casos, se han relacionado en la FEIN, así como en la Ficha de Advertencias Estandarizadas (en adelante, FiAE), habiéndose calculado en alguno de los casos en base a una simulación efectuada con los datos reales de la operación y del cliente. Los gastos de derivados de la formalización de la hipoteca, incluido el de tasación, serán de cargo de Inversis, quedando excluidos aquellos que las leyes o la jurisprudencia estimen a cargo del CLIENTE. Asimismo, serán a cargo de Inversis el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales asociados a la constitución de la hipotecavehículo asegurado.

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Comisiones. Se aplicarán a la presente operación Serán de aplicación las comisiones y/o gastos que se consignan en las Condiciones Particulares de este Contrato, que en cumplimiento de la normativa vigente se describen a continuación continuación. El abono de estas comisiones no supondrá la amortización del capital dispuesto mediante la utilización de la Tarjeta. Se cobrará una cuota por la emisión de cada nueva tarjeta que la ENTIDAD ponga a disposición del TITULAR y una cuota anual por la simple tenencia de la Tarjeta y de cada una de las Tarjetas Adicionales, según se indican: - Sin perjuicio del interés pactado, determine en las Condiciones Particulares. Además de la cantidad repercutida por la retirada de efectivo en cajeros ajenos nacionales cobrada por el titular xxx xxxxxx o la comisión de apertura será disposición de efectivo en cajeros internacionales, la ENTIDAD podrá cobrarle por la disposición de las tarjetas de crédito para la obtención de efectivo disponiendo del [*] %crédito de la tarjeta, equivalente a Euros [*]según lo que establezcan las Condiciones Particulares de este Contrato. La comisión se adeudará en la siguiente liquidación practicada, calculada sobre el importe concedido oo porcentaje de la comisión se detalla en las condiciones particulares. Se cobrará por la utilización de las Tarjetas para la obtención de efectivo en cajeros internacionales, y será distinta en caso función de ampliación, calculada sobre que la disposición se realice en ventanilla o cajeros y dentro o fuera de la zona euro. La comisión se adeudará junto con el importe de capital efectivo retirado o en que se amplía la siguiente liquidación practicada, el préstamo, a satisfacer por el CLIENTE de una sola vez a la firma del contrato. - En concepto de estudio importe o porcentaje de la presente operación, comisión se detalla en las condiciones particulares. Tanto en la amortización anticipada total como parcial de la deuda se devengará una comisión por amortización anticipada cuya cuantía será el porcentaje del capital objeto de amortización establecido en las Condiciones Particulares. Se cobrará la establecida en las Condiciones Particulares sobre la cantidad que exceda del límite del crédito disponible en cada momento. Las transferencias están sujetas a favor de Inversis del [*] % una comisión sobre el importe transferido, en los términos recogidos en el Folleto. Se le aplicarán los gastos correspondientes fijados en las Condiciones Particulares, cuyo cargo en la Cuenta se realizará el mismo día del presente préstamoimpago, que el CLIENTE abonará de una sola vez para compensar a la firma ENTIDAD por el envío de notificaciones, gastos de regularización y demás acciones llevadas a cabo para la realización del mismo, con un mínimo de [*] Euroscobro del recibo impagado. - Cualquier pago anticipado del capital xxx xxxxxxxx, llevará aparejado para el CLIENTE Se cobrará la cantidad especificada en las CONDICIONES PARTICULARES siempre y cuando sea por causa atribuible al TITULAR y/o a los BENEFICIARIOS. La ENTIDAD cobrará una comisión fijada en las Condiciones Particulares por cada aplazamiento. La ENTIDAD cobrará un gasto por cada envío de reembolso del [*]%. En concepto duplicado de reclamación de posiciones deudoras vencidas, Inversis podrá percibir del CLIENTE oextractos solicitado por el TITULAR, en su caso, del/de los Fiador/es, términos recogidos en el Folleto. Se cobrará una comisión según folleto de 30 euros para compensar los gastos tarifas por la consulta de gestión saldos o de impagados que se reclamen. Esta comisión se devengará movimientos, distinta en cada cuenta o contrato y por cada posición deudora vencida, originada por cualquier tipo de asiento, ejecución de garantía, amortizaciones, cuotas, intereses, comisiones o cualquier otro asiento, incluso excedidos de crédito no regularizados en la fecha comprometida. Esta comisión se aplicará una sola vez, aunque la posición deudora se prolongue más de un periodo de liquidación. En concepto de modificación de condiciones se devengará a favor de Inversis las siguientes comisiones, según el tipo de modificación, que se liquidarán por Inversis al CLIENTE en el momento que tenga lugar la modificación: * Modificación de tipo de interés, índice de referencia, diferencial sobre índice, sistema o periodicidad de revisión, plazo, periodicidad de pago y sistema de amortización: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Novación sujeta a la Ley 2/94 que tenga por objeto únicamente la ampliación de plazo: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Modificación de garantías: [*]% del capital pendiente de amortizar. * Modificación de comisiones de amortización anticipada: [*]% del capital pendiente de amortizar. La comisión por modificación de condiciones se aplicará por cada una de las modificaciones que se produzcan, incluso cuando tengan lugar simultáneamente la modificación de varias condiciones del contrato xx xxxxxxxx, siempre sin superar el importe máximo tarifado en concepto de apertura xxx xxxxxxxx según Folleto de Xxxxxxx. Para el caso función de que se produzca la modificación de varias condiciones dentro de un mismo apartado, sólo se podrá aplicar una sola vez. - Dado que el presente préstamo se concede al prestatario realice en tanto que ostenta la condición de empleado, en el caso de transmisión de la/s finca/s hipotecada/s; alteración cajeros de la parte deudora derivada propia red o de cualquier proceso de separación o divorcio; no se permitirá la subrogación por cambio de deudor. - En concepto de renegociación de deuda se devengará a favor de Inversis una comisión del [*]% calculado sobre la deuda vencida y no pagada, con un mínimo de [*]Eurosdistinta. Se cobrará una comisión en la cuenta corriente asociada las operaciones en el momento de la negociación. No obstante, en caso de que no se llegara a acuerdo de pago concreto por causas no imputables al CLIENTE, se devolverá al CLIENTE el importe pagado por dicho concepto. A efectos informativos se hace constar que la Tasa Anual Equivalente correspondiente al nominal pactado es de [*] % y el coste total xxx xxxxxxxx asciende a [*] ([*]) euros, que han sido calculados con arreglo a la normativa que resulta de aplicación (Artículo 8 de la Ley 5/2019, de 15 xx xxxxx, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, Artículo 31 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, Artículo 32 terdecies de la Orden ECE/482/2019, de 26 xx xxxxx, por la las que se modifican la Orden EHA/1718/2010, realice cambio de 11 xx xxxxx, divisa en los términos indicados en las Condiciones Particulares. En las condiciones particulares se indicará según el folleto de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Circular del Banco de España núm. 5/2012, de 27 xx xxxxx). La fórmula aplicada a esta operación es la recogida en el Anexo II de la Ley 5/2019, en el Anexo V de la Orden anteriormente citada en primer lugar y el Anexo 7 de la Circular indicada. La TAE y el COSTE TOTAL de la operación comprenden los siguientes conceptos (se excluye expresamente en su valoración los gastos de notaría, los gastos por incumplimiento de las obligaciones de pago, así como el coste de mantenimiento de la cuenta asociada, cuyo importe se detalla en el contrato de apertura de cuenta corriente y los costes de los medios de pago asociados a la misma): Intereses totales: [*] EUR. Gastos de relacionados con la formalización: [*]EUR. Gastos periódicos: [*] EUR Seguro de daños, seguro hogar o todo riesgo hogar: Importe a considerar total plazo: [*] EUR El desglose de cada uno de estos importes ciertos u orientativos, según los casos, se han relacionado en la FEIN, así como en la Ficha de Advertencias Estandarizadas (en adelante, FiAE), habiéndose calculado en alguno de los casos en base a una simulación efectuada con los datos reales de la operación y del cliente. Los gastos de derivados de la formalización de la hipoteca, incluido el de tasación, serán de cargo de Inversis, quedando excluidos aquellos que las leyes o la jurisprudencia estimen a cargo del CLIENTE. Asimismo, serán a cargo de Inversis el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales asociados a la constitución de la hipotecatarifas.

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Samples: media.pibank.es

Comisiones. Se aplicarán a la presente operación pactan las siguientes comisiones que a continuación se indican: - Sin perjuicio del interés pactado, la comisión de apertura será del [*] %, equivalente a Euros [*], calculada sobre el importe concedido o, en caso de ampliación, calculada sobre el importe de capital en que se amplía el préstamo, a satisfacer por el CLIENTE de una sola vez la PARTE ACREDITADA a la firma del contrato. - En concepto de estudio ENTIDAD, las cuales se harán efectivas contra el saldo de la presente operacióncuenta de crédito, para lo cual la ENTIDAD queda expresamente autorizada por la PARTE ACREDITADA, que se devengará una comisión obliga a favor mantener dicha cuenta con saldo disponible suficiente en el momento de Inversis efectuar los adeudos que correspondan por razón de las comisiones pactadas: - Comisión de apertura: Será del [*] % sobre el importe del presente préstamolímite concedido, que el CLIENTE abonará de una sola vez a la firma del mismo, con un mínimo de [*] Euros. - Cualquier pago anticipado del capital xxx xxxxxxxx, llevará aparejado para el CLIENTE una comisión de reembolso del [*]%. En concepto de reclamación de posiciones deudoras vencidas, Inversis podrá percibir del CLIENTE o, en su caso, del/de los Fiador/es, una comisión de 30 euros para compensar los gastos de gestión de impagados que se reclamen. Esta comisión se devengará en cada cuenta o contrato y hará efectiva, por cada posición deudora vencida, originada por cualquier tipo de asiento, ejecución de garantía, amortizaciones, cuotas, intereses, comisiones o cualquier otro asiento, incluso excedidos de crédito no regularizados en la fecha comprometida. Esta comisión se aplicará una sola vez, aunque en la posición deudora fecha de esta escritura. - Comisión de disponibilidad: Será del % y se prolongue más devengará día a día calculándose sobre el saldo medio no dispuesto del límite vigente en cada período de un periodo intereses liquidado, y será liquidada en las mismas fechas establecidas para la liquidación de liquidaciónintereses que devenguen los saldos deudores de la cuenta de crédito. En concepto - Comisión sobre excedidos: Será del % y se aplicará sobre el mayor excedido contable que la cuenta haya tenido sobre el límite vigente en cada período de modificación de condiciones intereses liquidado. Su devengo, liquidación y pago, cuando proceda, se producirá en las mismas fechas establecidas para la liquidación de intereses que devenguen los saldos deudores de la cuenta de crédito. los primeros años de vigencia del mismo y dicha amortización anticipada supusiese una pérdida financiera para la ENTIDAD, se devengará a favor de Inversis ésta una comisión equivalente al %, en caso de amortización anticipada parcial y al _, % en caso de amortización anticipada El valor presente xx xxxxxxx se calculará como la suma del valor actual de las siguientes comisionescuotas pendientes de pago hasta la siguiente revisión del tipo de interés (o, según si no la hubiese, hasta la fecha de su vencimiento) y del valor actual del capital pendiente que quedaría en el momento de la revisión de no producirse la cancelación anticipada. Para el cálculo del valor presente xx xxxxxxx, el tipo de modificacióninterés de actualización vendrá dado por el valor del tipo de referencia que corresponda aplicar conforme a lo indicado en el siguiente párrafo incrementado con un diferencial de puntos porcentuales. A los efectos de dicho cálculo se considerarán tipos de referencia los tipos Interest Rate Swap (IRS) a los plazos de 2, 3, 4, 5, 7, 10, 15, 20 y 30 años, que publica mensualmente el Banco de España en el B.O.E., aplicándose el que más se liquidarán por Inversis aproxime al CLIENTE plazo del crédito que reste desde la amortización anticipada hasta la próxima revisión del tipo de interés o hasta la fecha de su vencimiento. La cuantía del diferencial se fija como la diferencia existente, en el momento que tenga lugar de contratación de la modificación: * Modificación de operación, entre el tipo de interésinterés de la operación y el IRS al plazo que más se aproxime, índice en ese momento, hasta la siguiente fecha de referenciarevisión del tipo de interés o, diferencial sobre índicesi no la hubiere, sistema o periodicidad hasta la fecha de revisión, plazo, periodicidad de pago y sistema de amortización: [*] % del capital pendiente de amortizarsu vencimiento. * Novación sujeta a Cuando la Ley 2/94 que tenga por objeto únicamente la ampliación de plazo: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Modificación de garantías: [*]% del capital pendiente de amortizar. * Modificación de comisiones de amortización anticipada: [*]% del capital pendiente de amortizar. La comisión por modificación de condiciones se aplicará por cada una de las modificaciones que se produzcan, incluso cuando tengan lugar simultáneamente la modificación de varias condiciones del contrato xx xxxxxxxx, siempre sin superar el importe máximo tarifado en concepto de apertura xxx xxxxxxxx según Folleto de Xxxxxxx. Para el caso de que se produzca la modificación como consecuencia de varias condiciones subrogación acreedora de otra entidad de crédito dentro de los tres primeros años de vigencia del crédito que suponga la aplicación durante el resto de vigencia del mismo de un mismo apartadotipo fijo en sustitución de un tipo variable, sólo se podrá aplicar y dicha amortización supusiese una sola vez. - Dado que el presente préstamo se concede al prestatario en tanto que ostenta pérdida financiera para la condición de empleadoENTIDAD, en el caso de transmisión de la/s finca/s hipotecada/s; alteración de la parte deudora derivada de cualquier proceso de separación o divorcio; no se permitirá la subrogación por cambio de deudor. - En concepto de renegociación de deuda se devengará a favor de Inversis ésta una comisión del [*]equivalente al 0,15 % calculado sobre la deuda vencida y no pagadael capital amortizado anticipadamente, con un mínimo de [*]Euros. Se cobrará en la cuenta corriente asociada a satisfacer en el momento de efectuar la negociaciónamortización, sin que dicho importe pueda superar en ningún caso la pérdida financiera que la amortización anticipada suponga para la ENTIDAD. No obstantenovación con sustitución del tipo de interés variable por otro fijo efectuada dentro de los tres primeros años de vigencia del crédito, en caso de que no se llegara a acuerdo de pago concreto por causas no imputables al CLIENTEy ello supusiese una pérdida financiera para la ENTIDAD, se devolverá devengará a favor de ésta una comisión del 0,15 % sobre el capital pendiente al CLIENTE tiempo en que se lleve a efecto la novación, sin que dicho importe pueda superar en ningún caso la pérdida financiera (calculada conforme lo establecido en el importe pagado por dicho concepto. A efectos informativos se hace constar apartado anterior) que la Tasa Anual Equivalente correspondiente al nominal pactado es de [*] % y el coste total xxx xxxxxxxx asciende a [*] ([*]) euros, que han sido calculados con arreglo a novación suponga para la normativa que resulta de aplicación (Artículo 8 de la Ley 5/2019, de 15 xx xxxxx, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, Artículo 31 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, Artículo 32 terdecies de la Orden ECE/482/2019, de 26 xx xxxxx, por la que se modifican la Orden EHA/1718/2010, de 11 xx xxxxx, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Circular del Banco de España núm. 5/2012, de 27 xx xxxxx). La fórmula aplicada a esta operación es la recogida en el Anexo II de la Ley 5/2019, en el Anexo V de la Orden anteriormente citada en primer lugar y el Anexo 7 de la Circular indicada. La TAE y el COSTE TOTAL de la operación comprenden los siguientes conceptos (se excluye expresamente en su valoración los gastos de notaría, los gastos por incumplimiento de las obligaciones de pago, así como el coste de mantenimiento de la cuenta asociada, cuyo importe se detalla en el contrato de apertura de cuenta corriente y los costes de los medios de pago asociados a la misma): Intereses totales: [*] EUR. Gastos de relacionados con la formalización: [*]EUR. Gastos periódicos: [*] EUR Seguro de daños, seguro hogar o todo riesgo hogar: Importe a considerar total plazo: [*] EUR El desglose de cada uno de estos importes ciertos u orientativos, según los casos, se han relacionado en la FEIN, así como en la Ficha de Advertencias Estandarizadas (en adelante, FiAE), habiéndose calculado en alguno de los casos en base a una simulación efectuada con los datos reales de la operación y del cliente. Los gastos de derivados de la formalización de la hipoteca, incluido el de tasación, serán de cargo de Inversis, quedando excluidos aquellos que las leyes o la jurisprudencia estimen a cargo del CLIENTE. Asimismo, serán a cargo de Inversis el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales asociados a la constitución de la hipoteca.ENTIDAD..

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Comisiones. Se aplicarán El Banco podrá percibir: - La Comisión de mantenimiento que se cobra trimestralmente y cuya cuantía se indica en el apartado correspondiente de las condiciones particulares del contrato. En las cuentas que, según lo previsto en el último párrafo de la anterior condición B.4. Intereses, la condición general relativa a intereses, no devengan interés alguno a favor de los Titulares, el Banco podrá percibir la comisión de mantenimiento una sola vez al año, acumulando la cuantía a percibir para cada uno de los trimestres. El Banco podrá percibir de forma acumulada las comisiones trimestrales devengadas en el período objeto de liquidación, en las liquidaciones de intereses que tengan una periodicidad superior al trimestre, ya sea por practicarse de forma acumulada de acuerdo con el párrafo anterior o por ser superior al trimestre la periodicidad de liquidación pactada para la cuenta. Asimismo, el Banco podrá percibir la comisión de mantenimiento de forma proporcional en las liquidaciones de intereses que deban practicarse por períodos inferiores al trimestre, ya sea por apertura o cancelación de la cuenta, apertura o vencimiento de un crédito incorporado a la presente operación misma, o para el caso de situaciones de descubierto que comporten liquidaciones de intereses inferiores al trimestre. - La Comisión de administración: que se cobrará por apunte a percibir coincidiendo con las comisiones liquidaciones periódicas de intereses, la cual figura en el apartado de Comisión de administración por apunte de las condiciones particulares del contrato. DVC3907E -IX-2016 171103104720-50280043851884733110 - La Comisión de descubierto: si hay descubierto por saldo posición o contable en el período liquidado, el Banco podrá aplicar una comisión de descubierto igual a la que a continuación se indican: - Sin perjuicio tenga publicada en el sitio web del interés pactadoBanco, de acuerdo con la normativa vigente. En la actualidad, la comisión de apertura será del [*] %descubierto es la expresada en las condiciones particulares, equivalente a Euros [*], calculada la cual se calculará sobre el importe concedido omayor saldo deudor por posición o contable en el período liquidado, siendo pagadera en caso el momento de ampliación, calculada sobre cada liquidación de intereses. - La Comisión por la gestión personalizada de reclamaciones efectivamente realizadas para el importe reembolso de capital posiciones deudoras vencidas o descubiertos en que se amplía el préstamo, a satisfacer por el CLIENTE de una sola vez cuentas a la firma del contrato. - En concepto vista (confección y envío de estudio comunicaciones acreditadas: cartas de reclamación, llamadas no automáticas, mensajes electrónicos, desplazamientos, etc.) será la presente operación, se devengará una comisión a favor indicada en el apartado de Inversis del [*] % sobre el importe del presente préstamo, que el CLIENTE abonará de una sola vez a Comisión por la firma del mismo, con un mínimo de [*] Euros. - Cualquier pago anticipado del capital xxx xxxxxxxx, llevará aparejado para el CLIENTE una comisión de reembolso del [*]%. En concepto gestión de reclamación de posiciones deudoras vencidasde las condiciones particulares del contrato, Inversis podrá percibir del CLIENTE o, en su caso, del/de los Fiador/es, y se percibirá por una comisión de 30 euros sola vez para compensar los gastos de gestión de impagados cada nueva posición deudora que se reclamenproduzca. Esta comisión es única y no se devengará en cada cuenta o contrato y por cada posición deudora vencida, originada por cualquier tipo de asiento, ejecución de garantía, amortizaciones, cuotas, intereses, comisiones o cualquier otro asiento, incluso excedidos de crédito no regularizados repite en la fecha comprometida. Esta comisión se aplicará una sola vez, aunque la posición deudora se prolongue más de un periodo de liquidación. En concepto de modificación de condiciones se devengará a favor de Inversis las siguientes comisiones, según el tipo de modificación, que se liquidarán por Inversis al CLIENTE en el momento que tenga lugar la modificación: * Modificación de tipo de interés, índice de referencia, diferencial sobre índice, sistema o periodicidad de revisión, plazo, periodicidad de pago y sistema de amortización: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Novación sujeta a la Ley 2/94 que tenga por objeto únicamente la ampliación de plazo: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Modificación de garantías: [*]% del capital pendiente de amortizar. * Modificación de comisiones de amortización anticipada: [*]% del capital pendiente de amortizar. La comisión por modificación de condiciones se aplicará por cada una de las modificaciones que se produzcan, incluso cuando tengan lugar simultáneamente la modificación de varias condiciones del contrato xx xxxxxxxx, siempre sin superar el importe máximo tarifado en concepto de apertura xxx xxxxxxxx según Folleto de Xxxxxxx. Para el caso de que se produzca la modificación de varias condiciones dentro reclamación de un mismo apartado, sólo se podrá aplicar una sola vezsaldo por las gestiones adicionales realizadas por la entidad con ese mismo fin. - Dado que el presente préstamo se concede al prestatario en tanto que ostenta la condición La Comisión por petición de empleado, certificación negativa de residencia en el caso de transmisión Titulares no residentes. Si así se halla previsto en las condiciones particulares del contrato, los Titulares autorizan expresamente al Banco para solicitar las oportunas y periódicas certificaciones negativas de la/s finca/s hipotecada/s; alteración residencia necesarias para el mantenimiento de la parte deudora derivada cuenta de acuerdo con la normativa en cada momento vigente y para percibir la comisión establecida a tal efecto. Los Titulares comunicarán puntualmente al Banco cualquier proceso variación que se produzca en su situación de separación o divorcio; no se permitirá la subrogación por cambio residencia. Las comisiones enumeradas son las que quedan establecidas en las condiciones particulares del contrato de deudor. - En concepto de renegociación de deuda se devengará a favor de Inversis una comisión del [*]% calculado sobre la deuda vencida y no pagada, con un mínimo de [*]Euros. Se cobrará en la cuenta corriente asociada en el momento de la negociacióncuenta. No obstante, en caso de que no se llegara a acuerdo de pago concreto por causas no imputables al CLIENTE, se devolverá al CLIENTE el importe pagado por dicho concepto. A efectos informativos se hace constar que la Tasa Anual Equivalente correspondiente al nominal pactado es de [*] % y el coste total xxx xxxxxxxx asciende a [*] ([*]) euros, que han sido calculados Banco podrá percibir cualquier otra comisión relacionada con arreglo a la normativa que resulta de aplicación (Artículo 8 de la Ley 5/2019, de 15 xx xxxxx, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, Artículo 31 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, Artículo 32 terdecies de la Orden ECE/482/2019, de 26 xx xxxxx, por la que se modifican la Orden EHA/1718/2010, de 11 xx xxxxx, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Circular del Banco de España núm. 5/2012, de 27 xx xxxxx). La fórmula aplicada a esta operación es la recogida en el Anexo II de la Ley 5/2019, en el Anexo V de la Orden anteriormente citada en primer lugar y el Anexo 7 de la Circular indicada. La TAE y el COSTE TOTAL de la operación comprenden los siguientes conceptos (se excluye expresamente en su valoración los gastos de notaría, los gastos por incumplimiento de las obligaciones de pago, así como el coste de mantenimiento de la cuenta asociada, cuyo importe se detalla en el contrato de apertura de cuenta corriente y los costes de los medios de pago asociados a la misma): Intereses totales: [*] EURcuenta, previa comunicación al Titular en los plazos legales establecidos al efecto, y siempre que se halle incorporada y publicada conforme a la legislación vigente. Gastos de relacionados Z Gastos. El Banco podrá percibir, con la formalización: [*]EUR. Gastos periódicos: [*] EUR Seguro de daños, seguro hogar o todo riesgo hogar: Importe a considerar total plazo: [*] EUR El desglose de cada uno de estos importes ciertos u orientativos, según los casos, se han relacionado las limitaciones establecidas en la FEINcondición general relativa a "Modificaciones" si le son de aplicación: - los gastos de cancelación del Contrato en el supuesto de que los Titulares lo resuelvan antes de que transcurran doce meses desde su celebración; - los gastos ocasionados por facilitar información adicional, así como o con mayor frecuencia de la establecida o por medios distintos a los pactados en la Ficha de Advertencias Estandarizadas (en adelanteeste Contrato, FiAE), habiéndose calculado en alguno a solicitud de los casos en base a una simulación efectuada con Titulares; - los datos reales de la operación y del cliente. Los gastos de derivados recuperación de la formalización fondos por operaciones de la hipotecapago con "Identificador único" incorrecto; - los gastos de las notificaciones que realice por el rechazo de órdenes de pago, incluido por el de tasación, serán de cargo de Inversis, quedando excluidos aquellos importe que las leyes o la jurisprudencia estimen en cada caso se haya comunicado a cargo del CLIENTE. Asimismo, serán a cargo de Inversis el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales asociados a la constitución de la hipotecalos Titulares.

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Comisiones. Se aplicarán Durante la vigencia de la póliza, el contratante podrá solicitar por escrito a la presente operación institución le informe el porcentaje de la prima que, por concepto de comisión o compensación directa, corresponda al intermediario o persona moral por su intervención en la celebración de este contrato. La institución proporcionará dicha información, por escrito o por medios electrónicos, en un plazo que no excederá xx xxxx días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud. En caso de siniestro, el Asegurado se obliga a lo siguiente: Ejecutar todos los actos que tiendan a evitar o disminuir el daño. Pedir instrucciones a la Compañía, debiendo atenerse a las comisiones que ella le indique, en cuanto no exista mayor riesgo o peligro que de lugar a continuación aumentar los daños. El Asegurado no deberá realizar ningún tipo de arreglo o negociación con los involucrados en el siniestro sin previa autorización de la Compañía. Los gastos hechos por el Asegurado, que sean procedentes, se indican: - Sin perjuicio del interés pactadocubrirán por la Compañía, y si ésta da instrucciones, anticipará dichos gastos. Si el Asegurado no cumple con las obligaciones que le impone el párrafo anterior, la comisión Compañía tendrá derecho de apertura será limitar o reducir la indemnización, hasta el valor a que hubiere ascendido si el Asegurado hubiere cumplido con dichas obligaciones. Dar aviso a la Compañía dentro de un plazo máximo de 5 días contados a partir del [*] %momento en que tenga conocimiento del hecho, equivalente salvo casos de fuerza mayor o fortuito, debiendo darlo tan pronto como cese uno u otro. La falta oportuna de este aviso solo podrá dar lugar a Euros [*]que la indemnización sea reducida a la cantidad que originalmente hubiere importado el siniestro, calculada si la Compañía hubiere tenido pronto aviso sobre el importe concedido o, en mismo. En caso de ampliación, calculada sobre el importe de capital en siniestros que se amplía el préstamo, a satisfacer por el CLIENTE de una sola vez afecten a la firma del contrato. - En concepto cobertura de estudio Protección Legal, la falta oportuna de este aviso dará lugar a limitar la responsabilidad de la presente operaciónCompañía al pago de los gastos y honorarios profesionales hasta los límites que en esta cobertura se determinan, liberando a la Compañía de la obligación de hacerse cargo de los procedimientos iniciados. Presentar formal querella o denuncia ante las autoridades competentes cuando se devengará una comisión a favor trate de Inversis robo, gastos médicos por robo o intento de robo del [*] % sobre vehículo, Daños Materiales por robo parcial, así como cualquier otro acto delictuoso que pueda ser motivo de reclamación al amparo de esta póliza y gestionar los trámites necesarios para conseguir la recuperación del vehículo o el importe del presente préstamodaño sufrido. El Asegurado se obliga a comunicar a la Compañía, tan pronto tenga conocimiento, las reclamaciones o demandas recibidas por él o por sus representantes, a cuyo efecto, le remitirá los documentos o copias de los mismos, que el CLIENTE abonará con ese motivo se le hubieren entregado. La falta de una sola vez cumplimiento de esta obligación por parte del Asegurado, liberará a la firma del mismo, con un mínimo Compañía de [*] Euros. - Cualquier pago anticipado del capital xxx xxxxxxxx, llevará aparejado para el CLIENTE una comisión de reembolso del [*]%. En concepto de reclamación de posiciones deudoras vencidas, Inversis podrá percibir del CLIENTE o, en su caso, del/de los Fiador/es, una comisión de 30 euros para compensar los gastos de gestión de impagados cubrir la indemnización o servicio que se reclamen. Esta comisión se devengará en cada cuenta o contrato y por cada posición deudora vencida, originada por cualquier tipo de asiento, ejecución de garantía, amortizaciones, cuotas, intereses, comisiones o cualquier otro asiento, incluso excedidos de crédito no regularizados en la fecha comprometida. Esta comisión se aplicará una sola vez, aunque la posición deudora se prolongue más de un periodo de liquidación. En concepto de modificación de condiciones se devengará a favor de Inversis las siguientes comisiones, según el tipo de modificación, que se liquidarán por Inversis al CLIENTE en el momento que tenga lugar la modificación: * Modificación de tipo de interés, índice de referencia, diferencial sobre índice, sistema o periodicidad de revisión, plazo, periodicidad de pago y sistema de amortización: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Novación sujeta corresponda a la Ley 2/94 que tenga cobertura afectada por objeto únicamente la ampliación de plazo: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Modificación de garantías: [*]% del capital pendiente de amortizar. * Modificación de comisiones de amortización anticipada: [*]% del capital pendiente de amortizarel siniestro. La comisión Compañía no quedará obligada por modificación reconocimiento de condiciones se aplicará por cada una adeudos, transacciones, responsabilidades u otros actos jurídicos de las modificaciones que se produzcannaturaleza semejante, incluso cuando tengan lugar simultáneamente la modificación hechos o concertados sin el consentimiento de varias condiciones del contrato xx xxxxxxxx, siempre sin superar el importe máximo tarifado en concepto de apertura xxx xxxxxxxx según Folleto de Xxxxxxx. Para el caso de que se produzca la modificación de varias condiciones dentro de un mismo apartado, sólo se podrá aplicar una sola vez. - Dado que el presente préstamo se concede al prestatario en tanto que ostenta la condición de empleado, en el caso de transmisión de la/s finca/s hipotecada/s; alteración de la parte deudora derivada de cualquier proceso de separación o divorcio; no se permitirá la subrogación por cambio de deudor. - En concepto de renegociación de deuda se devengará a favor de Inversis una comisión del [*]% calculado sobre la deuda vencida y no pagada, con un mínimo de [*]Euros. Se cobrará en la cuenta corriente asociada en el momento de la negociación. No obstante, en caso de que no se llegara a acuerdo de pago concreto por causas no imputables al CLIENTE, se devolverá al CLIENTE el importe pagado por dicho concepto. A efectos informativos se hace constar que la Tasa Anual Equivalente correspondiente al nominal pactado es de [*] % y el coste total xxx xxxxxxxx asciende a [*] ([*]) euros, que han sido calculados con arreglo a la normativa que resulta de aplicación (Artículo 8 de la Ley 5/2019, de 15 xx xxxxx, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, Artículo 31 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, Artículo 32 terdecies de la Orden ECE/482/2019, de 26 xx xxxxx, por la que se modifican la Orden EHA/1718/2010, de 11 xx xxxxx, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Circular del Banco de España núm. 5/2012, de 27 xx xxxxx). La fórmula aplicada a esta operación es la recogida en el Anexo II de la Ley 5/2019, en el Anexo V de la Orden anteriormente citada en primer lugar y el Anexo 7 de la Circular indicada. La TAE y el COSTE TOTAL de la operación comprenden los siguientes conceptos (se excluye expresamente en su valoración los gastos de notaría, los gastos por incumplimiento de las obligaciones de pago, así como el coste de mantenimiento de la cuenta asociada, cuyo importe se detalla en el contrato de apertura de cuenta corriente y los costes de los medios de pago asociados a la misma): Intereses totales: [*] EUR. Gastos de relacionados con la formalización: [*]EUR. Gastos periódicos: [*] EUR Seguro de daños, seguro hogar o todo riesgo hogar: Importe a considerar total plazo: [*] EUR El desglose de cada uno de estos importes ciertos u orientativos, según los casos, se han relacionado en la FEIN, así como en la Ficha de Advertencias Estandarizadas (en adelante, FiAE), habiéndose calculado en alguno de los casos en base a una simulación efectuada con los datos reales de la operación y del cliente. Los gastos de derivados de la formalización de la hipoteca, incluido el de tasación, serán de cargo de Inversis, quedando excluidos aquellos que las leyes o la jurisprudencia estimen a cargo del CLIENTE. Asimismo, serán a cargo de Inversis el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales asociados a la constitución de la hipotecaella.

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Comisiones. 1.1. Generalidades La Adjudicataria presentará un equipo de trabajo compuesto mínimamente por un Líder de Proyecto y los Técnicos, dejando constancia al momento de la oferta de los datos personales, experiencia, y posición en la firma. A esta estructura el Banco opondrá una similar para asegurar el control del proyecto y el correcto flujo de información. El equipo del proyecto tendrá como máxima autoridad al funcionario del Banco designado como Lider del Proyecto. Se aplicarán integrarán las siguientes comisiones con las funciones que se detallan: 1.2. Comisión de dirección La dirección general del proyecto estará a cargo de una Comisión de Dirección creada a tal efecto, que estará compuesta por personal del Banco y de la Adjudicataria, quien deberá designar a las personas críticas o de importancia sustantiva para el control de desarrollo del proyecto. La Adjudicataria presentará quincenalmente a la Comisión de Dirección un informe de avance del proyecto en el que además se reflejarán todos los aspectos de importancia que se considere necesario señalar. 1.3. Comisión de proyecto La dirección del proyecto estará a cargo de una Comisión de Proyecto creada a tal efecto, integrada por los técnicos que determine el Banco, en cuyo seno se diagramará el desarrollo del proyecto y a través de la cual se canalizarán todos los problemas que pudieran surgir en su desarrollo. Las principales funciones de esta Comisión, son: • Exigir el cumplimiento de las especificaciones técnicas contratadas. • Resolver consultas sobre interpretación de estándares y/o especificaciones. • Aprobar o rechazar solicitudes de cambio, previo análisis. • Resolver sobre discrepancias, errores u omisiones que pueda contener el presente operación las comisiones pliego. • Inspeccionar la ejecución de los trabajos en todo momento que considere oportuno, siempre que no interfiera con su avance. • Ordenar el reemplazo y/o repetición de los trabajos que a continuación se indican: - Sin perjuicio su juicio no respeten lo estipulado. • Colaborar con la Adjudicataria efectos de obtener el éxito del interés pactado, la comisión de apertura será del [*] %, equivalente a Euros [*], calculada sobre el importe concedido o, en caso de ampliación, calculada sobre el importe de capital en que se amplía el préstamo, a satisfacer por el CLIENTE de una sola vez a la firma del contrato. - En concepto de estudio de la presente operación, se devengará una comisión a favor de Inversis del [*] % sobre el importe del presente préstamo, que el CLIENTE abonará de una sola vez a la firma del mismo, con un mínimo de [*] Euros. - Cualquier pago anticipado del capital xxx xxxxxxxx, llevará aparejado para el CLIENTE una comisión de reembolso del [*]%Proyecto. En concepto de reclamación de posiciones deudoras vencidas, Inversis podrá percibir del CLIENTE o, en su caso, del/de los Fiador/es, una comisión de 30 euros para compensar los gastos de gestión de impagados que se reclamen. Esta comisión se devengará en cada cuenta o contrato y por cada posición deudora vencida, originada por cualquier tipo de asiento, ejecución de garantía, amortizaciones, cuotas, intereses, comisiones o cualquier otro asiento, incluso excedidos de crédito no regularizados en la fecha comprometida. Esta comisión se aplicará una sola vez, aunque la posición deudora se prolongue más de un periodo de liquidación. En concepto de modificación de condiciones se devengará a favor de Inversis las siguientes comisiones, según el tipo de modificación, que se liquidarán por Inversis al CLIENTE en el momento que tenga lugar la modificación: * Modificación de tipo de interés, índice de referencia, diferencial sobre índice, sistema o periodicidad de revisión, plazo, periodicidad de pago y sistema de amortización: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Novación sujeta a la Ley 2/94 que tenga por objeto únicamente la ampliación de plazo: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Modificación de garantías: [*]% del capital pendiente de amortizar. * Modificación de comisiones de amortización anticipada: [*]% del capital pendiente de amortizar. La comisión por modificación de condiciones se aplicará por cada una de las modificaciones que se produzcan, incluso cuando tengan lugar simultáneamente la modificación de varias condiciones del contrato xx xxxxxxxx, siempre sin superar el importe máximo tarifado en concepto de apertura xxx xxxxxxxx según Folleto de Xxxxxxx. Para el caso de que la Adjudicataria requiera reemplazar al personal propuesto en la presentación, deberá hacerlo por otro de similares antecedentes, lo que se produzca notificará por escrito, quedando a criterio del Banco la modificación conformidad por tal reemplazo. Las reuniones de varias condiciones dentro las comisiones serán convocadas como mínimo con 24hs. de un anticipación en forma escrita y sobre la base del documento de “Invitación a Reuniones” que proveerá el Banco. En el mismo apartadose dejarán asentados tanto los puntos a tratar así como las decisiones y acciones que se deberán tratar. Al término de cada reunión se integrará la minuta correspondiente, sólo copia de la cual se podrá aplicar una sola vez. - Dado que el presente préstamo se concede al prestatario almacenará en tanto que ostenta las carpetas del proyecto y formará parte de la condición de empleado, documentación en el caso de transmisión de la/s finca/s hipotecada/s; alteración de la parte deudora derivada de cualquier proceso de separación o divorcio; no se permitirá la subrogación por cambio de deudorformato y soporte especificado. - En concepto de renegociación de deuda se devengará a favor de Inversis una comisión del [*]% calculado sobre la deuda vencida y no pagada, con un mínimo de [*]Euros. Se cobrará en la cuenta corriente asociada en el momento de la negociación. No obstante, en caso de que no se llegara a acuerdo de pago concreto por causas no imputables al CLIENTE, se devolverá al CLIENTE el importe pagado por dicho concepto. A efectos informativos se hace constar que la Tasa Anual Equivalente correspondiente al nominal pactado es de [*] % y el coste total xxx xxxxxxxx asciende a [*] ([*]) euros, que han sido calculados con arreglo a la normativa que resulta de aplicación (Artículo 8 de la Ley 5/2019, de 15 xx xxxxx, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, Artículo 31 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, Artículo 32 terdecies de la Orden ECE/482/2019, de 26 xx xxxxx, por la que se modifican la Orden EHA/1718/2010, de 11 xx xxxxx, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Circular del Banco de España núm. 5/2012, de 27 xx xxxxx). La fórmula aplicada a esta operación es la recogida en el Anexo II de la Ley 5/2019, en el Anexo V de la Orden anteriormente citada en primer lugar y el Anexo 7 de la Circular indicada. La TAE y el COSTE TOTAL de la operación comprenden los siguientes conceptos (se excluye expresamente en su valoración los gastos de notaría, los gastos por incumplimiento de las obligaciones de pago, así como el coste de mantenimiento de la cuenta asociada, cuyo importe se detalla en el contrato de apertura de cuenta corriente y los costes de los medios de pago asociados a la misma): Intereses totales: [*] EUR. Gastos de relacionados con la formalización: [*]EUR. Gastos periódicos: [*] EUR Seguro de daños, seguro hogar o todo riesgo hogar: Importe a considerar total plazo: [*] EUR El desglose de cada uno de estos importes ciertos u orientativos, según los casos, se han relacionado en la FEIN, así como en la Ficha de Advertencias Estandarizadas (en adelante, FiAE), habiéndose calculado en alguno de los casos en base a una simulación efectuada con los datos reales de la operación y del cliente. Los gastos de derivados de la formalización de la hipoteca, incluido el de tasación, serán de cargo de Inversis, quedando excluidos aquellos que las leyes o la jurisprudencia estimen a cargo del CLIENTE. Asimismo, serán a cargo de Inversis el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales asociados a la constitución de la hipoteca.Sección VII:

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Comisiones. Se aplicarán pactan las siguientes comisiones a satisfacer por la PARTE ACREDITADA a la presente operación ENTIDAD, las cuales se harán efectivas contra el saldo de la cuenta de crédito, para lo cual la ENTIDAD queda expresamente autorizada por la PARTE ACREDITADA, que se obliga a mantener dicha cuenta con saldo disponible suficiente en el momento de efectuar los adeudos que correspondan por razón de las comisiones que a continuación se indicanpactadas: - Sin perjuicio Comisión de apertura: Será del interés pactado, la comisión de apertura será del [*] %, equivalente a Euros [*], calculada % sobre el importe concedido olímite concedido, que se devengará y hará efectiva, por una sola vez, en la fecha de esta escritura. - Comisión de disponibilidad: Será del % y se devengará día a día calculándose sobre el saldo medio no dispuesto del límite vigente en cada período de intereses liquidado, y será liquidada en las mismas fechas establecidas para la liquidación de intereses que devenguen los saldos deudores de la cuenta de crédito. - Comisión sobre excedidos: Será del % y se aplicará sobre el mayor excedido contable que la cuenta haya tenido sobre el límite vigente en cada período de intereses liquidado. Su devengo, liquidación y pago, cuando proceda, se producirá en las mismas fechas establecidas para la liquidación de intereses que devenguen los saldos deudores de la cuenta de crédito. equivalente al _, %, en caso de ampliaciónamortización anticipada parcial y al _, calculada %, en caso de amortización anticipada total, calculado sobre el importe de capital en que se amplía el préstamoamortizado anticipadamente, a satisfacer por el CLIENTE de una sola vez a la firma del contrato. - En concepto de estudio de la presente operación, se devengará una comisión a favor de Inversis del [*] % sobre el importe del presente préstamo, que el CLIENTE abonará de una sola vez a la firma del mismo, con un mínimo de [*] Euros. - Cualquier pago anticipado del capital xxx xxxxxxxx, llevará aparejado para el CLIENTE una comisión de reembolso del [*]%. En concepto de reclamación de posiciones deudoras vencidas, Inversis podrá percibir del CLIENTE o, en su caso, del/de los Fiador/es, una comisión de 30 euros para compensar los gastos de gestión de impagados que se reclamen. Esta comisión se devengará en cada cuenta o contrato y por cada posición deudora vencida, originada por cualquier tipo de asiento, ejecución de garantía, amortizaciones, cuotas, intereses, comisiones o cualquier otro asiento, incluso excedidos de crédito no regularizados en la fecha comprometida. Esta comisión se aplicará una sola vez, aunque la posición deudora se prolongue más de un periodo de liquidación. En concepto de modificación de condiciones se devengará a favor de Inversis las siguientes comisiones, según el tipo de modificación, que se liquidarán por Inversis al CLIENTE en el momento de efectuar la amortización, si bien dicho importe no podrá superar en ningún caso la pérdida financiera en que tenga lugar incurra la modificación: * Modificación ENTIDAD. Si la amortización anticipada se produjese una vez transcurridos los diez primeros años de vigencia del crédito la comisión pasará a ser del _, % en caso de amortización anticipada parcial y del _, %, en caso de amortización anticipada total, calculado sobre el capital amortizado anticipadamente, supeditada igualmente a la existencia de pérdida financiera para la ENTIDAD y con el límite de dicha pérdida financiera. La pérdida financiera se calculará proporcionalmente al capital reembolsado, por diferencia negativa entre el capital pendiente en el momento del reembolso anticipado y el valor presente xx xxxxxxx del crédito. El valor presente xx xxxxxxx se calculará como la suma del valor actual de las cuotas pendientes de pago hasta la siguiente revisión del tipo de interésinterés (o, índice si no la hubiese, hasta la fecha de referencia, diferencial sobre índice, sistema o periodicidad de revisión, plazo, periodicidad de pago su vencimiento) y sistema de amortización: [*] % del valor actual del capital pendiente de amortizar. * Novación sujeta a la Ley 2/94 que tenga por objeto únicamente la ampliación de plazo: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Modificación de garantías: [*]% del capital pendiente de amortizar. * Modificación de comisiones de amortización anticipada: [*]% del capital pendiente de amortizar. La comisión por modificación de condiciones se aplicará por cada una de las modificaciones que se produzcan, incluso cuando tengan lugar simultáneamente la modificación de varias condiciones del contrato xx xxxxxxxx, siempre sin superar el importe máximo tarifado en concepto de apertura xxx xxxxxxxx según Folleto de Xxxxxxx. Para el caso de que se produzca la modificación de varias condiciones dentro de un mismo apartado, sólo se podrá aplicar una sola vez. - Dado que el presente préstamo se concede al prestatario en tanto que ostenta la condición de empleado, en el caso de transmisión de la/s finca/s hipotecada/s; alteración de la parte deudora derivada de cualquier proceso de separación o divorcio; no se permitirá la subrogación por cambio de deudor. - En concepto de renegociación de deuda se devengará a favor de Inversis una comisión del [*]% calculado sobre la deuda vencida y no pagada, con un mínimo de [*]Euros. Se cobrará en la cuenta corriente asociada quedaría en el momento de la negociaciónrevisión de no producirse la cancelación anticipada. No obstantePara el cálculo del valor presente xx xxxxxxx, el tipo de interés de actualización vendrá dado por el valor del tipo de referencia que corresponda aplicar conforme a lo indicado en caso el siguiente párrafo incrementado con un diferencial de que no se llegara a acuerdo de pago concreto por causas no imputables al CLIENTE, se devolverá al CLIENTE el importe pagado por dicho conceptopuntos porcentuales. A los efectos informativos de dicho cálculo se hace constar que la Tasa Anual Equivalente correspondiente al nominal pactado es considerarán tipos de [*] % referencia los tipos Interest Rate Swap (IRS) a los plazos de 2, 3, 4, 5, 7, 10, 15, 20 y el coste total xxx xxxxxxxx asciende a [*] ([*]) euros30 años, que han sido calculados con arreglo a la normativa que resulta de aplicación (Artículo 8 de la Ley 5/2019, de 15 xx xxxxx, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, Artículo 31 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, Artículo 32 terdecies de la Orden ECE/482/2019, de 26 xx xxxxx, por la que se modifican la Orden EHA/1718/2010, de 11 xx xxxxx, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Circular del publica mensualmente el Banco de España núm. 5/2012en el B.O.E., aplicándose el que más se aproxime al plazo del crédito que reste desde la amortización anticipada hasta la próxima revisión del tipo de 27 xx xxxxx)interés o hasta la fecha de su vencimiento. La fórmula aplicada a esta operación es cuantía del diferencial se fija como la recogida en el Anexo II de la Ley 5/2019diferencia existente, en el Anexo V momento de contratación de la Orden anteriormente citada en primer lugar y operación, entre el Anexo 7 tipo de la Circular indicada. La TAE y el COSTE TOTAL de la operación comprenden los siguientes conceptos (se excluye expresamente en su valoración los gastos de notaría, los gastos por incumplimiento de las obligaciones de pago, así como el coste de mantenimiento de la cuenta asociada, cuyo importe se detalla en el contrato de apertura de cuenta corriente y los costes de los medios de pago asociados a la misma): Intereses totales: [*] EUR. Gastos de relacionados con la formalización: [*]EUR. Gastos periódicos: [*] EUR Seguro de daños, seguro hogar o todo riesgo hogar: Importe a considerar total plazo: [*] EUR El desglose de cada uno de estos importes ciertos u orientativos, según los casos, se han relacionado en la FEIN, así como en la Ficha de Advertencias Estandarizadas (en adelante, FiAE), habiéndose calculado en alguno de los casos en base a una simulación efectuada con los datos reales interés de la operación y el IRS al plazo que más se aproxime, en ese momento, hasta la siguiente fecha de revisión del cliente. Los gastos tipo de derivados interés o, si no la hubiere, hasta la fecha de la formalización de la hipoteca, incluido el de tasación, serán de cargo de Inversis, quedando excluidos aquellos que las leyes o la jurisprudencia estimen a cargo del CLIENTE. Asimismo, serán a cargo de Inversis el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales asociados a la constitución de la hipotecasu vencimiento.

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Comisiones. Se aplicarán a la Serán aplicables al presente operación contrato de Crédito, las comisiones que a continuación se indicandetallan: - Sin perjuicio “El Acreditado” se obliga a pagar a “La Financiera” una comisión por anualidad, misma que se especifica en el documento intitulado ”Condiciones Generales del interés pactadoCrédito”, más el correspondiente Impuesto al Valor Agregado. Asimismo, “El Acreditado” pagará a “La Financiera” por cada disposición en efectivo que realice en el cajero automático o en una sucursal, una comisión equivalente al 10% de la cantidad que disponga más el Impuesto al Valor Agregado. De conformidad a lo previsto en la cláusula segunda del Contrato, en el supuesto de que “El Acreditado” decida de manera voluntaria domiciliar los pagos de los servicios de terceros, este pagará la o las comisión(es) prevista(s) en la Carta de Domiciliación, misma que deberá ser suscrita por “El Acreditado” indicando de manera expresa que acepta el cobro de dichas comisiones por concepto de domiciliación. “La Financiera” no le cobrará a “El Acreditado” ninguna otra comisión, en adición a las previstas en el presente Contrato. La comisión por anualidad es una cantidad fija que se establece en el documento intitulado “Condiciones del Crédito”, que será sumada al monto de apertura será crédito otorgado a “El Acreditado”. Las comisión por disposición es una cantidad equivalente al 10% del [*] %total del monto dispuesto, equivalente más el correspondiente Impuesto al Valor Agregado. “La Financiera” deberá notificarle a Euros [*]“El Acreditado” con por lo menos 30 (treinta) días naturales de anticipación, calculada sobre los incrementos en cualquiera de las comisiones que cobre en virtud de la contratación del crédito en los términos del presente Contrato, así como en su caso, las nuevas comisiones que se pretendan cobrar; dicha notificación se llevará a cabo mediante el importe concedido oestado de cuenta disponible vía Internet y sucursales mas cercanas de “La Financiera”, indicando la fecha en que entrarán en vigor dichas modificaciones. “El Acreditado” tendrá derecho a dar por terminado el presente Contrato, en caso de ampliaciónno estar de acuerdo con los nuevos montos de las comisiones o con la nueva comisión que se pretenda cobrar; en este caso “La Financiera” no le cobrará cantidad adicional por este hecho, calculada sobre el importe con excepción de capital los adeudos que ya se hubieren generado a la fecha en que se amplía el préstamo, a satisfacer “El Acreditado” solicite dar por el CLIENTE de una sola vez a la firma del contrato. - En concepto de estudio de la presente operación, se devengará una comisión a favor de Inversis del [*] % sobre el importe del presente préstamo, que el CLIENTE abonará de una sola vez a la firma del mismo, con un mínimo de [*] Euros. - Cualquier pago anticipado del capital xxx xxxxxxxx, llevará aparejado para el CLIENTE una comisión de reembolso del [*]%. En concepto de reclamación de posiciones deudoras vencidas, Inversis podrá percibir del CLIENTE o, en su caso, del/de los Fiador/es, una comisión de 30 euros para compensar los gastos de gestión de impagados que se reclamen. Esta comisión se devengará en cada cuenta o contrato y por cada posición deudora vencida, originada por cualquier tipo de asiento, ejecución de garantía, amortizaciones, cuotas, intereses, comisiones o cualquier otro asiento, incluso excedidos de crédito no regularizados en la fecha comprometida. Esta comisión se aplicará una sola vez, aunque la posición deudora se prolongue más de un periodo de liquidación. En concepto de modificación de condiciones se devengará a favor de Inversis las siguientes comisiones, según el tipo de modificación, que se liquidarán por Inversis al CLIENTE en el momento que tenga lugar la modificación: * Modificación de tipo de interés, índice de referencia, diferencial sobre índice, sistema o periodicidad de revisión, plazo, periodicidad de pago y sistema de amortización: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Novación sujeta a la Ley 2/94 que tenga por objeto únicamente la ampliación de plazo: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Modificación de garantías: [*]% del capital pendiente de amortizar. * Modificación de comisiones de amortización anticipada: [*]% del capital pendiente de amortizar. La comisión por modificación de condiciones se aplicará por cada una de las modificaciones que se produzcan, incluso cuando tengan lugar simultáneamente la modificación de varias condiciones del contrato xx xxxxxxxx, siempre sin superar el importe máximo tarifado en concepto de apertura xxx xxxxxxxx según Folleto de Xxxxxxx. Para el caso de que se produzca la modificación de varias condiciones dentro de un mismo apartado, sólo se podrá aplicar una sola vez. - Dado que terminado el presente préstamo se concede al prestatario en tanto que ostenta la condición de empleado, en el caso de transmisión de la/s finca/s hipotecada/s; alteración de la parte deudora derivada de cualquier proceso de separación o divorcio; no se permitirá la subrogación por cambio de deudor. - En concepto de renegociación de deuda se devengará a favor de Inversis una comisión del [*]% calculado sobre la deuda vencida y no pagada, con un mínimo de [*]Euros. Se cobrará en la cuenta corriente asociada en el momento de la negociación. No obstante, en caso de que no se llegara a acuerdo de pago concreto por causas no imputables al CLIENTE, se devolverá al CLIENTE el importe pagado por dicho concepto. A efectos informativos se hace constar que la Tasa Anual Equivalente correspondiente al nominal pactado es de [*] % y el coste total xxx xxxxxxxx asciende a [*] ([*]) euros, que han sido calculados con arreglo a la normativa que resulta de aplicación (Artículo 8 de la Ley 5/2019, de 15 xx xxxxx, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, Artículo 31 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, Artículo 32 terdecies de la Orden ECE/482/2019, de 26 xx xxxxx, por la que se modifican la Orden EHA/1718/2010, de 11 xx xxxxx, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Circular del Banco de España núm. 5/2012, de 27 xx xxxxx). La fórmula aplicada a esta operación es la recogida en el Anexo II de la Ley 5/2019, en el Anexo V de la Orden anteriormente citada en primer lugar y el Anexo 7 de la Circular indicada. La TAE y el COSTE TOTAL de la operación comprenden los siguientes conceptos (se excluye expresamente en su valoración los gastos de notaría, los gastos por incumplimiento de las obligaciones de pago, así como el coste de mantenimiento de la cuenta asociada, cuyo importe se detalla en el contrato de apertura de cuenta corriente y los costes de los medios de pago asociados a la misma): Intereses totales: [*] EUR. Gastos de relacionados con la formalización: [*]EUR. Gastos periódicos: [*] EUR Seguro de daños, seguro hogar o todo riesgo hogar: Importe a considerar total plazo: [*] EUR El desglose de cada uno de estos importes ciertos u orientativos, según los casos, se han relacionado en la FEIN, así como en la Ficha de Advertencias Estandarizadas (en adelante, FiAE), habiéndose calculado en alguno de los casos en base a una simulación efectuada con los datos reales de la operación y del cliente. Los gastos de derivados de la formalización de la hipoteca, incluido el de tasación, serán de cargo de Inversis, quedando excluidos aquellos que las leyes o la jurisprudencia estimen a cargo del CLIENTE. Asimismo, serán a cargo de Inversis el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales asociados a la constitución de la hipotecaContrato.

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Samples: Contrato De Apert Ura De Crédito en Cuenta

Comisiones. Se aplicarán EL ACREDITADO libre, voluntaria y expresamente acepta y se obliga a la presente operación las comisiones que pagar los siguientes Cargos o Comisiones: (i) única comisión sobre desembolso neto del crédito otorgado de <COMISION_DESEM_LT> POR CIENTO (<COMISION_DESEM>%), (ii) De tratarse de un saldo superior a continuación se indican: - Sin perjuicio los Cien Mil Dólares ($100,000.00) una penalidad por cancelación anticipada total o parcial del interés pactado, la comisión crédito de apertura será del [*] dos por ciento (2.00%, equivalente a Euros [*]), calculada sobre el importe concedido ola suma pre pagada; iii) En caso xx xxxx, en caso se cobrarán cargos por gestiones de ampliacióncobranza administrativa, calculada sobre el importe de capital en que se amplía el préstamo, a satisfacer por el CLIENTE de una sola vez a la firma del contrato. - En concepto de estudio extrajudicial y/o judicial de la presente operación, se devengará una comisión a favor de Inversis del [*] % sobre el importe del presente préstamo, que el CLIENTE abonará de una sola vez a la firma del mismo, con un mínimo de [*] Euros. - Cualquier pago anticipado del capital xxx xxxxxxxx, llevará aparejado para el CLIENTE una comisión de reembolso del [*]%. En concepto de reclamación de posiciones deudoras vencidas, Inversis podrá percibir del CLIENTE o, en su caso, del/de los Fiador/es, una comisión de 30 euros para compensar los gastos de gestión de impagados que se reclamen. Esta comisión se devengará en cada cuenta o contrato y por cada posición deudora vencida, originada por cualquier tipo de asiento, ejecución de garantía, amortizaciones, cuotas, intereses, comisiones o cualquier otro asiento, incluso excedidos de crédito no regularizados en la fecha comprometida. Esta comisión se aplicará una sola vez, aunque la posición deudora se prolongue más de un periodo de liquidación. En concepto de modificación de condiciones se devengará a favor de Inversis las siguientes comisiones, según el tipo de modificación, que se liquidarán por Inversis al CLIENTE en el momento que tenga lugar la modificaciónsiguiente manera: * Modificación de tipo de interés, índice de referencia, diferencial sobre índice, sistema o periodicidad de revisión, plazo, periodicidad de pago y sistema de amortización: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Novación sujeta a la Ley 2/94 que tenga por objeto únicamente la ampliación de plazo: [*] % del capital pendiente de amortizar. * Modificación de garantías: [*]% del capital pendiente de amortizar. * Modificación de comisiones de amortización anticipada: [*]% del capital pendiente de amortizar. La comisión por modificación de condiciones se aplicará por cada una de las modificaciones que se produzcan, incluso cuando tengan lugar simultáneamente la modificación de varias condiciones del contrato xx xxxxxxxx, siempre sin superar el importe máximo tarifado en concepto de apertura xxx xxxxxxxx según Folleto de Xxxxxxx. Para el caso de que se produzca la modificación de varias condiciones dentro de un mismo apartado, sólo se podrá aplicar una sola vez. - Dado que el presente préstamo se concede al prestatario en tanto que ostenta la condición de empleado, (a) en el caso de transmisión cobranzas administrativas realizadas por CREDI Q directamente, se cobrará un cargo administrativo mensual de la/s finca/s hipotecada/s; alteración CUATROCIENTOS LEMPIRAS (L.400.00) o su equivalente en dólares. (b) Por la cobranza extrajudicial y judicial mediante la cual CREDI Q contrate los servicios de la parte deudora derivada terceros, se cobrarán a EL ACREDITADO cargos de cualquier proceso entre el diez por ciento (10%) al veinticinco por ciento (25%) en base al arancel vigente establecido por el colegio de separación o divorcio; no se permitirá la subrogación abogados sobre el monto total adeudado por cambio de deudor. - En concepto de renegociación de deuda se devengará EL ACREDITADO y reclamado por CREDI Q. (iv) EL ACREDITADO autoriza a favor de Inversis una comisión del [*]% calculado sobre la deuda vencida y no pagada, con un mínimo de [*]Euros. Se cobrará en la cuenta corriente asociada en el momento de la negociación. No obstante, CREDI Q para que en caso de que no se llegara a acuerdo de pago concreto ésta lo acepte, la comisión por causas no imputables al CLIENTE, se devolverá al CLIENTE el importe pagado por dicho concepto. A efectos informativos se hace constar que la Tasa Anual Equivalente correspondiente al nominal pactado es de [*] % y el coste total xxx xxxxxxxx asciende a [*] ([*]) euros, que han sido calculados con arreglo a la normativa que resulta de aplicación (Artículo 8 de la Ley 5/2019, de 15 xx xxxxx, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, Artículo 31 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, Artículo 32 terdecies de la Orden ECE/482/2019, de 26 xx xxxxx, por la que se modifican la Orden EHA/1718/2010, de 11 xx xxxxx, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Circular del Banco de España núm. 5/2012, de 27 xx xxxxx). La fórmula aplicada a esta operación es la recogida en el Anexo II de la Ley 5/2019, en el Anexo V de la Orden anteriormente citada en primer lugar y el Anexo 7 de la Circular indicada. La TAE y el COSTE TOTAL de la operación comprenden los siguientes conceptos (se excluye expresamente en su valoración desembolso y/o los gastos de notaría, cierre sean financiados al plazo que ésta otorgue y que los gastos por incumplimiento de las obligaciones de pago, así como el coste de mantenimiento de la cuenta asociada, cuyo importe se detalla en el contrato de apertura de cuenta corriente valores correspondientes sean debitados del Crédito. LAS PARTES acuerdan y aceptan que CREDI Q tendrá derecho a modificar los costes montos o porcentajes de los medios de pago asociados cargos y comisiones aquí pactados conforme al proceso descrito a la misma): Intereses totales: [*] EUR. Gastos de relacionados con la formalización: [*]EUR. Gastos periódicos: [*] EUR Seguro de daños, seguro hogar o todo riesgo hogar: Importe a considerar total plazo: [*] EUR El desglose de cada uno de estos importes ciertos u orientativos, según los casos, se han relacionado continuación en la FEIN, así como en la Ficha Cláusula Noveno de Advertencias Estandarizadas (en adelante, FiAE), habiéndose calculado en alguno de los casos en base a una simulación efectuada con los datos reales de la operación y del cliente. Los gastos de derivados de la formalización de la hipoteca, incluido el de tasación, serán de cargo de Inversis, quedando excluidos aquellos que las leyes o la jurisprudencia estimen a cargo del CLIENTE. Asimismo, serán a cargo de Inversis el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales asociados a la constitución de la hipotecaéste Contrato.

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Samples: Contrato Apertura De Crédito No Revolvente