Common use of Clases Clause in Contracts

Clases. a) De mantenimiento de Oferta: cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. Cuando se trate de ofertas por servicios, deberá tenerse en cuenta el valor total del servicio, es decir, el que resulte del valor mensual, por hora, o el que se requiera en las cláusulas particulares, por la totalidad en tiempo del servicio que se solicite. En los casos de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el valor de la garantía de oferta es del 5% sobre el monto total del presupuesto oficial de la compra o contratación. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato. EN LOS CASOS QUE CORRESPONDA LA INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA, SU NO PRESENTACIÓN DARÁ LUGAR AL DESCARTE DE LA MISMA. b) De cumplimiento del contrato: diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. c) Contra garantía: cien por ciento (100%) sobre el monto que reciba el adjudicatario en concepto de adelanto, si el mismo estuviere previsto en los Pliego de Condiciones Particulares. 10 Art. 90 Decreto Nº 754/GCABA/2008 d) De impugnación a la preadjudicación de las ofertas: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta preadjudicada, a criterio del organismo licitante. Para el caso de licitaciones con doble sobre, los porcentajes deben calcularse sobre el presupuesto oficial de la compra o contratación. e) De impugnación al pliego: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del presupuesto oficial, a criterio del organismo licitante De no existir presupuesto oficial, el monto de la garantía en concepto de impugnación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, será establecido en las Condiciones Particulares de los Pliegos y no puede superar el 3% del monto estimado de la contratación11.

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Sources: Contract for Services

Clases. a) De mantenimiento de Ofertaoferta: cinco uno por ciento (51%) del valor total de la oferta. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando se trate de ofertas por servicios, deberá tenerse en cuenta el valor total del servicio, es decir, el que resulte del valor mensual, por hora, o el que se requiera en las cláusulas particulares, por la totalidad en tiempo del servicio que se solicite. En los casos de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el valor de la garantía de oferta es del 5% sobre el monto total del presupuesto oficial de la compra o contratación. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato. EN LOS CASOS EN QUE CORRESPONDA LA INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA, SU NO PRESENTACIÓN DARÁ LUGAR AL DESCARTE DE LA MISMA. b) De cumplimiento del contrato: diez cinco por ciento (105%) sobre el valor total de la adjudicación. El adjudicatario debe integrar y entregar la garantía de cumplimiento del contrato dentro del término de siete (7) días de recibida la comunicación de la adjudicación, recibida la Orden de Compra o Venta o suscripto el instrumento respectivo, o en el plazo que se establezca en el Pliego de Condiciones Particulares. c) Contra garantía: cien por ciento (100%) sobre el monto que reciba el adjudicatario en concepto de adelanto, si el mismo estuviere previsto en los Pliego de Condiciones Particulares. 10 Art. 90 Decreto Nº 754/GCABA/2008 d) De impugnación a la preadjudicación de las ofertas: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta preadjudicada, compra. EN EL CASO DE NO ESTABLECER EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA EL MISMO SERÁ DEL CUATRO PORCIENTO (4%) DEL PRESUPUESTO OFICIAL O MONTO ESTIMADO DE LA CONTRATACIÓN. d) Los importes correspondientes a criterio del organismo licitante. Para el las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante sólo en caso de licitaciones con doble sobre, los porcentajes deben calcularse sobre el presupuesto oficial de que la compra o contrataciónimpugnación sea resuelta favorablemente. e) De impugnación al pliego: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del presupuesto oficial, a criterio del organismo licitante De no existir presupuesto oficial, el monto de la garantía en concepto de impugnación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, será establecido en las Condiciones Particulares de los Pliegos y no puede superar el 3% del monto estimado de la contratación11.

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Sources: Pliego Único De Bases Y Condiciones Generales

Clases. a) De mantenimiento de Ofertaoferta: cinco por ciento CINCO POR CIENTO (55 %) del valor total de la oferta. Cuando se trate , salvo indicaciones en contrario fijadas en el Pliego de ofertas por servicios, deberá tenerse en cuenta el valor total del servicio, es decir, el que resulte del valor mensual, por hora, o el que se requiera en las cláusulas particulares, por la totalidad en tiempo del servicio que se solicite. En los casos de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el valor de la garantía de oferta es del 5% sobre el monto total del presupuesto oficial de la compra o contrataciónBases y Condiciones Particulares. En el caso de cotizar con alternativas, alternativas la garantía se calcula calculará sobre el mayor valor propuesto. En caso los casos de resultar adjudicatario esta licitaciones y concursos de etapa múltiple, la garantía de mantenimiento de oferta será establecida en un monto fijo por BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA S.A., en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Los oferentes deberán presentar la garantía, por el término estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en base al monto y a las formas que se prolongará hasta establecen en el presente Pliego. Si no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la constitución oferta con una antelación mínima ▇▇ ▇▇▇▇ (10) días al vencimiento del plazo, aquélla se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial, salvo que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares disponga otro distinto, y así sucesivamente. En los casos de procedimientos de selección en los que se utilice la modalidad orden de compra abierta el monto de la garantía de cumplimiento del contrato. EN LOS CASOS QUE CORRESPONDA LA INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA, SU NO PRESENTACIÓN DARÁ LUGAR AL DESCARTE DE LA MISMAmantenimiento de la oferta se calculará aplicando el CINCO POR CIENTO (5%) sobre el importe que surja de la multiplicación entre la cantidad máxima solicitada y el precio unitario cotizado. b) De cumplimiento del contrato: diez por ciento DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total de la adjudicación. En los casos de procedimientos de selección en los que se utilice la modalidad orden de compra abierta el monto de la Garantía de Cumplimiento del Contrato se calculará aplicando el DIEZ POR CIENTO (10%) sobre el valor total de la adjudicacióncada solicitud de provisión. c) Contra garantíaContragarantía: cien por ciento (100%) sobre Por el monto equivalente de los montos que reciba el adjudicatario en concepto de Adjudicatario como adelanto, si el mismo estuviere previsto en aquéllas CONTRATACIONES en que los Pliego Pliegos de Condiciones Particulares. 10 Art. 90 Decreto Nº 754/GCABA/2008 d) De impugnación a la preadjudicación de las ofertas: entre el uno por ciento (1%) Bases y el cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta preadjudicada, a criterio del organismo licitante. Para el caso de licitaciones con doble sobre, los porcentajes deben calcularse sobre el presupuesto oficial de la compra o contratación. e) De impugnación al pliego: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del presupuesto oficial, a criterio del organismo licitante De no existir presupuesto oficial, el monto de la garantía en concepto de impugnación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, será establecido en las Condiciones Particulares de los Pliegos y no puede superar el 3% del monto estimado de la contratación11lo previeran.

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Sources: Contract for Supplies and Services

Clases. a) De mantenimiento de Ofertaoferta: no menor al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. En caso de licitaciones o concursos de etapa múltiple la garantía debe ser no menor al cinco por ciento (5%) sobre el presupuesto oficial o monto estimado de la compra. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando se trate de ofertas por servicios, deberá tenerse en cuenta el valor total del servicio, es decir, el que resulte del valor mensual, por hora, o el que se requiera en las cláusulas particulares, por la totalidad en tiempo del servicio que se solicite. En EN EL CASO DE NO ESTABLECER EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA, LA MISMA SERÁ DEL CINCO POR CIENTO (5%) DEL VALOR TOTAL DE LA OFERTA. Para los casos procedimientos mediante BAC, al momento de licitaciones o concursos de etapa múltiplepresentar sus propuestas, el valor de los oferentes deberán identificar e individualizar la garantía de oferta es del 5% sobre el monto total del presupuesto oficial mantenimiento de la compra o contrataciónoferta completando el formulario electrónico correspondiente. En La garantía constituida deberá ser entregada a la Unidad Operativa de Adquisiciones dentro del plazo de 24 horas de formalizado el caso acto de cotizar con alternativasapertura de ofertas, la garantía en el lugar que se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso indique en los pliegos, bajo apercibimiento de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución descarte de la garantía de cumplimiento del contrato. oferta.17 EN LOS CASOS EN QUE CORRESPONDA LA INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA, SU NO PRESENTACIÓN DARÁ LUGAR AL DESCARTE DE LA MISMA. b) De cumplimiento del contrato: diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. c) Contra garantía: cien por ciento (100%) sobre el monto que reciba el adjudicatario en concepto de adelanto, si el mismo estuviere previsto en los Pliego de Condiciones Particulares. 10 Art. 90 Decreto Nº 754/GCABA/2008 d) De impugnación a la preadjudicación de las ofertas: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta preadjudicada, a criterio del organismo licitante. Para el caso de licitaciones con doble sobre, los porcentajes deben calcularse sobre el presupuesto oficial de la compra o contratación. e) De impugnación al pliego: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del presupuesto oficial, a criterio del organismo licitante De no existir presupuesto oficial, el monto de la garantía en concepto de impugnación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, será establecido en las Condiciones Particulares de los Pliegos y no puede superar el 3% del monto estimado de la contratación11.

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Sources: Service Agreement

Clases. a) De mantenimiento de Ofertaoferta: no menor al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. En caso de licitaciones o concursos de etapa múltiple la garantía debe ser no menor al cinco por ciento (5%) sobre el presupuesto oficial o monto estimado de la compra. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando se trate de ofertas por servicios, deberá tenerse en cuenta el valor total del servicio, es decir, el que resulte del valor mensual, por hora, o el que se requiera en las cláusulas particulares, por la totalidad en tiempo del servicio que se solicite. En el caso de no establecer el Pliego de Bases y Condiciones particulares el porcentaje de la garantía, la misma será del cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta o del presupuesto oficial o monto estimado de la compra según corresponda. Para los procedimientos realizados mediante BAC, al momento de presentar sus propuestas, los oferentes deberán identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta completando el formulario electrónico correspondiente. La garantía constituida deberá ser entregada a la Unidad Operativa de Adquisiciones dentro del plazo de 24 horas de formalizado el acto de apertura de ofertas, en el lugar que se indique en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, bajo apercibimiento de descarte de la oferta. En los casos de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el valor que corresponda la integración de la garantía de oferta es del 5% sobre el monto total del presupuesto oficial oferta, la falta de presentación dará lugar al descarte de la compra o contratación. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato. EN LOS CASOS QUE CORRESPONDA LA INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA, SU NO PRESENTACIÓN DARÁ LUGAR AL DESCARTE DE LA MISMAmisma. b) De cumplimiento del contrato: no menor al diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación.. El adjudicatario debe integrar y entregar a la UOA la garantía de cumplimiento del contrato dentro del término de cinco (5) días del perfeccionamiento contractual recibida la Orden de Compra o Venta, con el perfeccionamiento en BAC o suscripto el instrumento respectivo, o en el plazo que se establezca en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. En el caso de no establecer el Pliego de Bases y Condiciones Particulares el porcentaje de la garantía, la misma será ▇▇▇ ▇▇▇▇ por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. IF-2017-30078438- -DGCYC página 7 de 24 c) Contra garantía: cien por ciento (100%) sobre el monto que reciba el adjudicatario en concepto de adelanto, si el mismo estuviere previsto en los el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. 10 Art. 90 Decreto Nº 754/GCABA/2008. d) De impugnación al Pliego de Bases y Condiciones: entre el uno por ciento (1%) y el tres por ciento (3%) del presupuesto oficial o monto estimado de la compra. En el caso de no establecer el Pliego de Bases y Condiciones Particulares el porcentaje de la garantía el mismo será del dos por ciento (2%) del presupuesto oficial o monto estimado de la contratación, la cual será recibida hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas, no encontrándose comprendido el día del acto dentro del mencionado plazo, y se tramitará por cuerda separada. Para los procedimientos de selección en los cuales el plazo entre la publicación del llamado y la fecha de apertura de ofertas sea menor a setenta y dos (72) horas, será recibida siempre hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha de apertura de ofertas no encontrándose comprendido el día del acto dentro del mencionado plazo, y se tramitará por cuerda separada. e) De impugnación a la preselección/precalificación para el caso de licitaciones de etapa múltiple: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del presupuesto oficial o monto estimado de la contratación. En el supuesto de no establecer el Pliego de Bases y Condiciones Particulares el porcentaje de la garantía, el mismo será del cuatro por ciento (4%) del presupuesto oficial o monto estimado de la contratación. En los procedimientos de etapa múltiple, dicho porcentaje se calcula de la siguiente manera: - La impugnación en la etapa de preselección, sobre el presupuesto oficial o monto estimado de la contratación. - La impugnación en la etapa de preadjudicación, conforme se indica a continuación. f) De impugnación a la preadjudicación de las ofertas: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta preadjudicadadel renglón o los renglones impugnados, a criterio del organismo licitanteOrganismo Licitante. Para Si el caso dictamen de licitaciones con doble sobreevaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, los porcentajes deben calcularse sobre el presupuesto oficial importe de la compra garantía de impugnación se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante. En el supuesto de no establecer el Pliego de Bases y Condiciones Particulares el porcentaje de la garantía, el mismo será del cuatro por ciento (4%) del monto de la oferta, del renglón o los renglones impugnados. En los procedimientos gestionados a través de BAC la documentación que acredite la constitución de la garantía de impugnación deberá presentarse ante la Unidad Operativa de Adquisiciones previo a formalizar la impugnación, completando los formularios correspondientes mediante BAC, dentro del plazo legal establecido. g) Los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares podrán fijar otras garantías tomando en cuenta las características y naturaleza de las obligaciones que emanen de la respectiva contratación. eh) De impugnación al pliego: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del presupuesto oficial, Los importes correspondientes a criterio del organismo licitante De no existir presupuesto oficial, el monto de la garantía en concepto las garantías de impugnación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, será establecido serán reintegrados al impugnante sólo en las Condiciones Particulares caso de los Pliegos y no puede superar el 3% del monto estimado de que la contratación11impugnación sea resuelta favorablemente.

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Sources: Service Agreement