CARACTERISTICAS Cláusulas de Ejemplo

CARACTERISTICAS. La ejecución de este contrato de trabajo a tiempo parcial y su retribución serán compatibles con la pensión que la Seguridad Social reco- nozca al trabajador en concepto de jubilación parcial, extinguiéndose la relación laboral al producirse la jubilación total. Para poder realizar este contrato de situación de jubilación parcial, en el caso de trabajadores que no hayan alcanzado aún la edad de jubilación, la empresa deberá celebrar simultáneamente un contrato de trabajo con un trabajador en situación de desempleo o que tuvie- se concertado con la empresa un contrato de duración determinada, con objeto de sustituir la jornada de trabajo dejada vacante por el trabajador que se jubila parcialmente. Este contrato de trabajo, que se podrá celebrar también para sustituir a los trabajadores que se hayan jubilado parcialmente después de haber cumplido la edad de jubilación, se denominará contrato de relevo.
CARACTERISTICAS. El Servicio Público de Empleo destinará créditos con cargo a sus presupuestos anuales para subvencionar los costes sala- riales y cotización empresarial de trabajadores desempleados, preferentemente eventuales agrarios, contratados por las Corpora- ciones locales y otras Administraciones públicas, cuando dichas contrataciones tengan por objeto la ejecución de proyectos de interés general y social. Estos proyectos serán: Actividades de desarrollo cultural: local, turismo, patrimonio, audiovisuales.
CARACTERISTICAS. Flexibilidad a los movimientos naturales de un elemento monolítico. • Resiste todos tipo de climas. • No es tóxico (salvo ingestión). • No contiene solventes. • No contiene metales pesados como cromo y plomo. • No contiene fibras de asbesto. • Contenido de orgánicos volátiles (VOC) 0%.
CARACTERISTICAS. Las partes contratantes reconocerán mutuamente como caso fortuito o de fuerza mayor, la definición prevista en el Artículo 1315º del Código Civil “Caso fortuito o fuerza mayor es la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso”.
CARACTERISTICAS a) los fondos depositados el “CLIENTE” puede retirarlos en el momento en que lo requiera, b) los fondos depositados no tienen un límite de tiempo preestablecido, c) puede ser utilizada para recibir transferencias interbancarias, d) pueden recibir transferencias automáticas desde otras cuentas de la misma institución y e) sirve como medio de pago por medio de su ligamen a una tarjeta de Débito VISA. Aspectos intrínsecos relacionados al producto “cuenta transaccional” regirán según lo dispuesto en el “Reglamento de Ahorro Voluntario a la Vista”.
CARACTERISTICAS. ▪ Tecnología de tiquete: Banda Magnética. ▪ 6 Entradas de Automatización: Gate Status / Arming Loop / Auxiliares. ▪ Alta Velocidad de Emisión de Tiquetes: como mínimo 500 tiquetes por hora. ▪ Alto nivel de Rendimiento (bajo mantenimiento) ▪ Pantalla de Visualización con Iluminación de Fondo (Back light). ▪ Mensajes de Bienvenida Múltiples. ▪ Autonomía: como mínimo 10000 tiquetes por día. ▪ Función de Operación Autónoma (Off-line). ▪ Chasis: Aluminio con topes Plásticos u otro material de alta resistencia para exteriores. ▪ Lectora de Proximidad de corto alcance. ▪ Voltaje de Alimentación: 110Vac.
CARACTERISTICAS. ▪ Cámara de Auditoria visión general de alta resolución y una grabadora de vídeo digital ▪ Sistema de Grabación Automático Todo-en-Uno. ▪ Ajustes de Capturas (Kit xx Xxxxxx) y Focus Ajustable por Software. ▪ Sistema de Adaptación Lumínica con compensación por Software. ▪ Operación xx Xxxxxx en capturas en el día o de la noche. ▪ Alta capacidad de almacenamiento (mínimo 32GB interno). ▪ Como mínimo: 1 día de tiempo de grabación y 16.000 fotos a máxima resolución ▪ Encendido y Reinicio en modos HARDWARE / SOFTWARE. ▪ Alimentación Eléctrica: 12 Vdc / 24 Vdc. ▪ Captura en diferentes ángulos de disparo. ▪ Chasis: Plástico o materiales de Alta Resistencia.
CARACTERISTICAS. Color, olor y sabor característico, libre de microorganismos patógenos SEGURIDAD: REGISTRO SANITARIO vigente, sujeto a Análisis microbiológico físico y químico, fecha de elaboración y fecha de vencimiento, no deben haber sufrido golpes.
CARACTERISTICAS. El autor chileno Xxxxxx Xxxxxxxxx, sostiene que el patrimonio tiene entre sus consecuencias inmediatas, las siguientes: 1) solo las personas pueden tener patrimonio, porque solo ellas son sujeto de derechos y obligaciones; 2) toda persona tiene necesariamente un patrimonio; 3) cada persona no tiene sino un patrimonio. El patrimonio es uno como la persona, todos los bienes y las cargas constituyen una masa única; 4) El patrimonio es inseparable de la persona, ya que éste es un atributo de la personalidad, y por lo mismo, no puede enajenarse o cederse, de la misma manera que no lo puede ser el estado civil o la capacidad. Si el titular de un patrimonio fallece, éste no puede quedar abandonado, siendo necesario que su propiedad a la muerte de xxxxx a quien pertenecía pase a otros, a fin de que las relaciones jurídicas de sus elementos individualmente consideradas, no se interrumpan. El tratadista nacional, Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx, afirma que siempre que alguien sustituye a otro jurídicamente, existe una sucesión. Este vocablo, significa propiamente la transmisión del patrimonio, en otras palabras, el traslado del conjunto de derechos y obligaciones valuables en dinero de una persona fallecida a otra u otras , que le sobreviven, a quienes la ley o el testamento llaman para recibirlos y que son los continuadores jurídicos de la persona del difunto. Arts. 680 y 1078 C. C. De lo dicho anteriormente, se colige que jurídicamente no es viable, la pretensión planteada en la demanda, ya que debe respetarse el orden de las defunciones al momento de integrar las masas sucesorales, a fin de conservar un orden jurídico procesal, que garantice el buen desarrollo del debido proceso, y mal haría el Juez a quo, en dar el trámite solicitado. Afirma el apelante en su escrito de expresión de agravios, que el hecho de que su madre haya fallecido despues de la causante cuya sucesión se pretende aceptar, carece de importancia, ya que basta que haya muerto para que pueda la actora aceptar la herencia por derecho de representación, petición que es improponible, tal como bien, lo ha manifestado el Juez a quo, el cual ha actuado apegado a derecho. Se conoce recurso de apelación interpuesto en las Diligencias de Exhibición de Documentos, en la que se ha impugnado interlocutoria pronunciada por Juez de lo Civil , la cual versa sobre condena a Sociedad a inmenizar daños y perjuicios que cause la falta de exhibición. La Cámara considera que la naturaleza de la petición se enmarca en actos o ne...