Common use of CALIDAD Clause in Contracts

CALIDAD. El Gas entregado por el VENDEDOR deberá cumplir con las Especificaciones de Calidad RUT. Si en el Punto de Entrega o Punto de Entrada, el Gas no cumple con las Especificaciones de Calidad, el COMPRADOR o el Transportador rechazará el Gas previa notificación al VENDEDOR, acorde con lo establecido en el RUT o en la norma que lo adicione o sustituya. En el evento de rechazo, el COMPRADOR deberá dar aviso vía telefónica o vía correo electrónico al VENDEDOR. El COMPRADOR deberá confirmar por escrito al VENDEDOR dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la toma de tal medida, incluyendo las razones que fundamenten tal rechazo. En todo caso, si el COMPRADOR llegare a recibir el Gas fuera de Especificaciones de Calidad, lo hará bajo su responsabilidad, de acuerdo con lo establecido en el párrafo siguiente y el numeral 6.3.1 del RUT. Si el COMPRADOR acepta por escrito la Entrega del Gas fuera de Especificaciones de Calidad y no rechaza el Gas, por esa aceptación se entiende que acepta y que no tiene reparo o reclamación alguna respecto de las Especificaciones de Calidad del mismo, y por lo tanto, si el COMPRADOR acepta la Entrega de Gas fuera de las Especificaciones de Calidad, para todos los efectos el VENDEDOR no será responsable ante el COMPRADOR o ante terceros por daño alguno derivado de las deficiencias en las Especificaciones de Calidad. Si debido a la deficiencia en las Especificaciones de Calidad del Gas, el VENDEDOR incumple en todo o en parte la Entrega del Gas Natural se aplicará lo dispuesto en la Sección 5.2 de este Contrato, relacionado con el incumplimiento del VENDEDOR. Los métodos de análisis de Calidad del Gas deben estar de acuerdo con el RUT o la disposición que lo sustituya, modifique o derogue. Se entiende y se acuerda que el Gas Entregado por el VENDEDOR al COMPRADOR conforme a este Contrato no será odorizado por el VENDEDOR. La determinación del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco será realizada por el VENDEDOR. Los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco serán reportados por el VENDEDOR al COMPRADOR. En caso de que por daño de los equipos de medición, los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco no sean reportados, se adoptarán los siguientes mecanismos:

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Samples: Contrato De Suministro De Gas Natural

CALIDAD. El Gas entregado adjudicatario correrá con los gastos de los controles, calidad general y limpieza a fin de garantizar la calidad e idoneidad de los servicios prestados. El adjudicatario realizará cuantas pruebas sean necesarias para asegurar que la calidad de las mercaderías que utiliza en la prestación del servicio responda a las cualidades expresadas en la oferta. La empresa adjudicataria será la única responsable de la calidad y del buen estado de los alimentos. Los contrales sanitarios y alimentarios de los productos a consumir serán de cargo exclusivo de la adjudicataria. Durante el período de vigencia del contrato el Club se reserva el derecho de realizar c análisis sobre muestras de un mínimo xx xxxx productos de consumo siendo por cuenta y cargo del adjudicatario el importe de dichos análisis. La empresa adjudicataria deberá conservar los documentos que acrediten la procedencia y origen de los productos adquiridos, documentación que podrá ser requerida por el VENDEDOR Club. La empresa adjudicataria deberá cumplir tener especial cuidado en proteger en debida forma los alimentos desde su recepción hasta cada uno de los puntos de consumo contra todo riesgo de contaminación o deterioro. Estarán a disposición de los usuarios del servicio hojas de reclamación, en las que éstos puedan dejar constancia de cualquier queja que consideren oportuna en relación con las Especificaciones de Calidad RUT. Si en el Punto de Entrega o Punto de Entrada, el Gas no cumple con las Especificaciones de Calidad, el COMPRADOR o el Transportador rechazará el Gas previa notificación al VENDEDOR, acorde con lo establecido en el RUT o en la norma que lo adicione o sustituya. En el evento de rechazo, el COMPRADOR deberá dar aviso vía telefónica o vía correo electrónico al VENDEDORservicio prestado. El COMPRADOR deberá confirmar por escrito al VENDEDOR dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes adjudicatario presentará mensualmente a la toma Junta Directiva, relación de tal medida, incluyendo las razones que fundamenten tal rechazo. En todo casoreclamaciones presentadas, si el COMPRADOR llegare a recibir el Gas fuera de Especificaciones de Calidad, lo hará bajo su responsabilidad, de acuerdo con lo establecido en el párrafo siguiente y el numeral 6.3.1 las hubiere. El personal necesario para la prestación del RUT. Si el COMPRADOR acepta por escrito la Entrega del Gas fuera de Especificaciones de Calidad y no rechaza el Gas, por esa aceptación se entiende que acepta y que no tiene reparo o reclamación alguna respecto de las Especificaciones de Calidad del mismo, y por lo tanto, si el COMPRADOR acepta la Entrega de Gas fuera de las Especificaciones de Calidad, para todos los efectos el VENDEDOR no servicio será responsable ante el COMPRADOR o ante terceros por daño alguno derivado de las deficiencias en las Especificaciones de Calidad. Si debido a la deficiencia en las Especificaciones de Calidad del Gas, el VENDEDOR incumple en todo o en parte la Entrega del Gas Natural se aplicará lo dispuesto en la Sección 5.2 de este Contrato, relacionado con el incumplimiento del VENDEDOR. Los métodos de análisis de Calidad del Gas deben estar de acuerdo con el RUT o la disposición que lo sustituya, modifique o derogue. Se entiende y se acuerda que el Gas Entregado controlado por el VENDEDOR al COMPRADOR conforme a este Contrato no será odorizado por adjudicatario/arrendatario, siendo de su cuenta el VENDEDOR. La determinación del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco será realizada por el VENDEDOR. Los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco serán reportados por el VENDEDOR al COMPRADORpago de todas las obligaciones derivadas de estos contratos. En caso de enfermedad, sanciones de la empresa, baja de personal, vacaciones reglamentarias y otras causas análogas, las plazas deberán ser cubiertas inmediatamente x xxxxx del adjudicatario, de forma que se mantenga de manera permanente el número de trabajadores en presencia física expresados en la oferta de plantilla. Si una vez iniciada la explotación, la plantilla ofertada por daño el adjudicatario se demuestra insuficiente para las prestaciones objeto del contrato, conforme a los criterios de tiempo y calidad exigidos, deberá ser incrementada a su xxxxx en número suficiente. Será obligación del adjudicatario uniformar por su cuenta a todo el personal a su servicio con el vestuario adecuado durante las horas en que se realice el servicio, vestuario que requerirá la previa conformidad de la Junta Directiva. El adjudicatario se responsabilizará de que el trato con el público sea en todo momento amable y correcto. Queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas a menores en el local. Igualmente queda prohibida la venta y consumo de tabaco en los términos establecidos en la normativa en vigor. También se prohíbe la instalación de máquinas recreativas, de juego o xx xxxx. Con respecto a otras máquinas expendedoras queda también prohibida su instalación sin autorización expresa y escrita del Club. Los precios de los equipos distintos productos de medicióncafetería, menús y cartas de comidas serán los que figuren en un anexo del contrato. El adjudicatario tendrá a disposición del público las listas de precios, de menús, hojas de reclamaciones, cartel indicativo en su caso, de la categoría del establecimiento y resto de indicadores y documentación exigida por la normativa sectorial. El adjudicatario deberá velar por la seguridad de los espacios donde se desarrolle la actividad, así como de los equipamientos y mobiliario, debiendo mantener en perfecto estado los mismos. Los gastos de seguridad de las instalaciones objeto del contrato serán por cuenta del adjudicatario. Por tanto, deberá instalar su propio sistema anti- intrusión, conectado a alguna central receptora, al mismo tiempo que contratará la seguridad activa necesaria para la actividad a desarrollar. Los gastos de limpieza y los materiales para llevarla a cabo serán de cuenta de la empresa adjudicataria, quien deberá mantener el nivel de higiene que es exigible en cualquier establecimiento de hostelería. La limpieza diaria de los locales en los que se desenvuelva la explotación (así como de la terraza exterior), correrá a cargo del adjudicatario siendo por cuenta del mismo las funciones xx xxxxxx y limpieza que abarcarán, entre otros, los resultados siguientes apartados: -Equipos, aparatos y utensilios de cocina instalados en la cafetería, cocina. -Comedores y resto de las instalaciones (cuartos fríos, cámaras frigoríficas, línea de autoservicio, etc.). -Lavado completo de vajillas, bandejas, cuberterías, carros de distribución, etc. -Limpieza de las instalaciones de cocina, interior de la barra de cafetería, interior de la línea de autoservicio, almacenes, oficinas, etc. -servicios y aseos -mobiliario El servicio de desinsectación y desratización de será por cuenta del Poder Calorífico Bruto para adjudicatario. El adjudicatario deberá velar por el mantenimiento en perfecto uso de los equipos, mobiliario e instalaciones, de forma que a la finalización del contrato sean devueltos al Club en el mismo estado en el que fueron entregados. Tanto a la firma del contrato, como tras la ejecución de la obra determinada en el Anexo II como al finalizar el contrato deberá levantarse un Gas Real acta de inventario y Seco no sean reportadosde estado de las instalaciones, mobiliario, maquinaria, etc, acta que deberá ser firmada por ambas partes. Para el supuesto de que alguna de las partes quisiera que se adoptarán los siguientes mecanismos:formalizase notarialmente dicha acta, la misma será de cuenta y cargo exclusivo del arrendatario.

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Samples: Pliego De Condiciones Para Adjudicación Del Contrato De Servicios De Cafetería Y Restauración Del Club Del Mar De San Amaro De Acoruña

CALIDAD. El Gas entregado Entregado por el VENDEDOR Vendedor deberá cumplir con las Especificaciones de Calidad RUTestablecidas en el RUT o aquella(s) que lo modifique(n) o sustituya(n). Si en el Punto de Entrega o Punto de EntradaEntrega, el Gas no cumple con las Especificaciones de CalidadCalidad pactadas, el COMPRADOR Comprador directamente, o el Transportador rechazará a través de su Transportador, tendrá la opción de Rechazar el Gas previa notificación al VENDEDORsin noticia previa, acorde con lo establecido en el RUT RUT, de lo contrario, el Comprador directamente, o en a través de su Transportador tendrá la norma que lo adicione o sustituyaobligación de recibir el Gas Entregado por el Vendedor. En el evento de rechazoRechazo del Gas, el COMPRADOR Comprador, directamente o a través de su Transportador, deberá dar aviso inmediato, vía telefónica o vía correo electrónico al VENDEDORVendedor. El COMPRADOR Comprador deberá confirmar por escrito al VENDEDOR Vendedor dentro de las veinticuatro (24) horas 24 Horas siguientes a la toma de tal medida, incluyendo las razones que fundamenten tal rechazo. Si las deficiencias de las Especificaciones de Calidad son tales que no afecten significativamente la actividad de transporte ni el proceso del Comprador, las Partes podrán negociar y acordar la modificación de las Especificaciones de Calidad y el precio. En todo caso, si el COMPRADOR Comprador directamente o a través de su Transportador, llegare a recibir el Gas fuera de Especificaciones de Calidad, lo hará bajo su responsabilidad, de acuerdo con lo establecido en el párrafo siguiente presente Contrato y el numeral 6.3.1 del RUT. Si el COMPRADOR Comprador acepta por escrito la Entrega entrega del Gas fuera de Especificaciones de Calidad y no rechaza Rechaza el Gas, por esa aceptación el Transportador se entiende que acepta y que no tiene reparo o reclamación alguna respecto de las Especificaciones de Calidad del mismo, y por lo tanto, si el COMPRADOR acepta la Entrega de Gas fuera de las Especificaciones de Calidad, para todos los efectos el VENDEDOR Vendedor no será responsable ante el COMPRADOR Transportador, ante el Comprador o ante terceros por daño alguno derivado de las deficiencias en las Especificaciones de Calidadalguno. Si debido a la deficiencia en las Especificaciones de Calidad del Gas, el VENDEDOR incumple en todo o en parte la Entrega del Gas Natural Comprador hace uso de su derecho de rechazarlo, se aplicará lo dispuesto en la Sección 5.2 Cláusula 3.2. de este Contrato, relacionado con el incumplimiento del VENDEDORVendedor. Los métodos de análisis de Calidad del Gas deben estar de acuerdo con sujetarse a lo dispuesto en el RUT o la disposición que lo sustituyaRUT. Las Partes declaran, modifique o derogue. Se entiende entienden y se acuerda aceptan que el Gas Entregado por el VENDEDOR Vendedor al COMPRADOR Comprador conforme a este Contrato no será odorizado por el VENDEDORVendedor. La determinación del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco será realizada por el VENDEDORTransportador del Comprador según lo dispuesto en el numeral 5.4.5. del RUT. Los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco serán reportados por el VENDEDOR Transportador del Comprador al COMPRADORVendedor. En caso de que por daño de los equipos de medición, localizados en el nodo Cusiana, los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco no sean reportados, reportados por el Transportador del Comprador se adoptarán los siguientes mecanismos:

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Samples: Contrato De Suministro De Gas

CALIDAD. El Usuario, se obliga a adquirir, Gas entregado por el VENDEDOR deberá cumplir Natural que cumpla con las Especificaciones especificaciones de calidad establecidas en la Norma de Calidad RUTdel Gas Natural y en las Disposiciones Jurídicas Aplicables. Si El Gestor Independiente se reserva el derecho de rechazar el Gas Natural que no cumpla con las especificaciones establecidas en la Norma de Calidad del Gas Natural vigente y en las Disposiciones Jurídicas Aplicables. El Gestor Independiente implementará en el Punto de Entrega o Punto de Entrada, el Gas no cumple con las Especificaciones de Calidad, el COMPRADOR o el Transportador rechazará el Gas previa notificación al VENDEDOR, acorde con lo establecido en el RUT o en la norma que lo adicione o sustituya. En el evento de rechazo, el COMPRADOR deberá dar aviso vía telefónica o vía correo electrónico al VENDEDOR. El COMPRADOR deberá confirmar por escrito al VENDEDOR Boletín Electrónico los elementos necesarios para informar dentro de las veinticuatro 2 (24dos) horas siguientes en las que recibió el Gas Natural, sobre tal evento, mediante el aviso de Gas Natural fuera de especificaciones a los Usuarios o Partes Interconectadas que pudieran verse afectados por la existencia de Gas Natural fuera de las especificaciones establecidas en la Norma de Calidad del Gas. El Usuario tendrá el derecho de rechazar el Gas Natural fuera de especificaciones y lo deberá manifestar dentro de las 2.5 (dos horas y media) horas siguientes en las que recibió el aviso de Gas Natural fuera de especificaciones por parte del Gestor Independiente, en caso de no recibirse, se entenderá por aceptado, sin que ello represente responsabilidad alguna del Gestor Independiente. El Gestor Independiente podrá requerir en cualquier momento información a los Usuarios y a los Sistemas Integrantes con la finalidad de resolver cualquier discrepancia en la calidad del Gas Natural. El Gestor Independiente se reserva el derecho de rechazar el Gas Natural que no cumpla con las especificaciones establecidas en la Norma de Calidad del Gas Natural y en las Disposiciones Jurídicas Aplicables. El Gestor Independiente implementará en el Boletín Electrónico los elementos necesarios para informar dentro de las 2 (dos) horas siguientes en las que recibió el Gas Natural, sobre tal evento, mediante el aviso de Gas Natural fuera de especificaciones a los Usuarios o Partes Interconectadas que pudieran verse afectados por la existencia de Gas Natural fuera de las especificaciones establecidas en la Norma de Calidad del Gas. El Usuario tendrá el derecho de rechazar el Gas Natural fuera de especificaciones y lo deberá manifestar dentro de las 2.5 (dos horas y media) horas siguientes en las que recibió el aviso de Gas Natural fuera de especificaciones por parte del Gestor Independiente, en caso de no recibirse, se entenderá por aceptado, sin que ello represente responsabilidad alguna del Gestor Independiente. La toma de tal medida, incluyendo las razones que fundamenten tal rechazo. En todo caso, si el COMPRADOR llegare a recibir el muestras del Gas fuera Natural para la determinación de Especificaciones de Calidad, lo hará bajo su responsabilidad, calidad deberá realizarse de acuerdo con lo establecido en el párrafo siguiente y el numeral 6.3.1 del RUT. Si el COMPRADOR acepta por escrito la Entrega del Gas fuera de Especificaciones de Calidad y no rechaza el Gas, por esa aceptación se entiende que acepta y que no tiene reparo o reclamación alguna respecto de las Especificaciones de Calidad del mismo, y por lo tanto, si el COMPRADOR acepta la Entrega de Gas fuera de las Especificaciones de Calidad, para todos los efectos el VENDEDOR no será responsable ante el COMPRADOR o ante terceros por daño alguno derivado de las deficiencias en las Especificaciones de Calidad. Si debido a la deficiencia en las Especificaciones de Calidad del Gas, el VENDEDOR incumple en todo o en parte la Entrega del Gas Natural se aplicará lo dispuesto en la Sección 5.2 de este Contrato, relacionado con el incumplimiento del VENDEDOR. Los métodos de análisis Norma de Calidad del Gas deben estar de acuerdo con el RUT o la disposición que lo sustituya, modifique o derogue. Se entiende y se acuerda que el Gas Entregado por el VENDEDOR al COMPRADOR conforme a este Contrato no será odorizado por el VENDEDOR. La determinación del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco será realizada por el VENDEDOR. Los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco serán reportados por el VENDEDOR al COMPRADORNatural. En caso de que bajo circunstancias justificadas se requiera una toma de muestras donde no existan equipos instalados para la determinación de la calidad del Gas Natural, las partes acordarán el mecanismo y el lugar para la toma de muestra, así como las variables del gas que se medirán, teniendo derecho a presenciar la toma de éstas. El costo por daño dicha toma de muestras y determinación de calidad recaerá en función de un acuerdo entre las partes. El Gestor Independiente podrá requerir a los equipos Usuarios que acrediten que el Gas Natural cumple con las especificaciones de medición, los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco no sean reportados, se adoptarán los siguientes mecanismos:calidad antes de su ingreso al Sistema.

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Samples: boletin-gestor.cenagas.gob.mx

CALIDAD. El Gas entregado Entregado por el VENDEDOR los Vendedores deberá cumplir con las Especificaciones de Calidad establecidas en el RUT. Si en el Punto de Entrega o Punto de EntradaEntrega, el Gas no cumple con las Especificaciones de CalidadCalidad pactadas, el COMPRADOR Comprador directamente, o el Transportador rechazará a través de su Transportador, tendrá la opción de Rechazar el Gas previa notificación al VENDEDORsin noticia previa, acorde con lo establecido en el RUT RUT, de lo contrario, el Comprador directamente, o en a través de su Transportador tendrá la norma que lo adicione o sustituyaobligación de recibir el Gas Entregado por los Vendedores. En el evento de rechazoRechazo del Gas, el COMPRADOR Comprador, directamente o a través de su Transportador, deberá dar aviso inmediato, vía telefónica o vía correo electrónico al VENDEDORa los Vendedores. El COMPRADOR Comprador deberá confirmar por escrito al VENDEDOR a los Vendedores, dentro de las veinticuatro (24) horas 24 Horas siguientes a la toma de tal medida, incluyendo las razones que fundamenten tal rechazo. Si las deficiencias de las Especificaciones de Calidad son tales que no afecten significativamente la actividad de transporte ni el proceso del Comprador, las Partes podrán negociar y acordar la modificación de las Especificaciones de Calidad y el precio. En todo caso, si el COMPRADOR Comprador directamente o a través de su Transportador, llegare a recibir el Gas fuera de Especificaciones de Calidad, lo hará bajo su responsabilidad, de acuerdo con lo establecido en el párrafo siguiente presente Contrato y el numeral 6.3.1 del RUT. Si el COMPRADOR Comprador acepta por escrito la Entrega entrega del Gas fuera de Especificaciones de Calidad y no rechaza Rechaza el Gas, por esa aceptación el Transportador se entiende que acepta y que no tiene reparo o reclamación alguna respecto de las Especificaciones de Calidad del mismo, y por lo tanto, si el COMPRADOR acepta la Entrega de Gas fuera de las Especificaciones de Calidad, para todos los efectos el VENDEDOR los Vendedores no será responsable serán responsables ante el COMPRADOR Transportador, ante el Comprador o ante terceros por daño alguno derivado de las deficiencias en las Especificaciones de Calidadalguno. Si debido a la deficiencia en las Especificaciones de Calidad del Gas, el VENDEDOR incumple en todo o en parte la Entrega del Gas Natural Comprador hace uso de su derecho de rechazarlo, se aplicará lo dispuesto en la Sección 5.2 Cláusula 3.2. de este Contrato, relacionado con el incumplimiento del VENDEDORde los Vendedores. Los métodos de análisis de Calidad del Gas deben estar de acuerdo con sujetarse a lo dispuesto en el RUT o la disposición que lo sustituyaRUT. Las Partes declaran, modifique o derogue. Se entiende entienden y se acuerda aceptan que el Gas Entregado por el VENDEDOR los Vendedores al COMPRADOR Comprador conforme a este Contrato no será odorizado por el VENDEDORlos Vendedores. La determinación del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco será realizada por el VENDEDORTransportador del Comprador según lo dispuesto en el numeral 5.4.5. del RUT. Los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco serán reportados por el VENDEDOR al COMPRADORTransportador del Comprador a los Vendedores. En caso de que por daño de los equipos de medición, localizados en el nodo Cusiana, los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco no sean reportados, reportados por el Transportador del Comprador se adoptarán los siguientes mecanismos:

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Samples: Contrato De Suministro De Gas

CALIDAD. El Usuario, se obliga a adquirir Gas entregado por el VENDEDOR deberá cumplir Natural que cumpla con las Especificaciones especificaciones de calidad establecidas en la Norma de Calidad RUTdel Gas Natural y en las Disposiciones Jurídicas Aplicables. Si Los Sistemas Integrantes a su vez, están obligados a transportar el Gas Natural y entregarlo en el Punto el(los) Punto(s) de Entrega o Punto de Entrada, el Gas no cumple con las Especificaciones especificaciones de Calidadcalidad establecidas en la Norma de Calidad del Gas Natural, el COMPRADOR o el Transportador rechazará el Gas previa notificación al VENDEDORpara lo cual vigilará que se cumplan las mismas. Los Sistemas Integrantes por su parte, acorde serán responsables de operar y mantener sus sistemas de conformidad con lo establecido en las Disposiciones Jurídicas Aplicables a fin de cumplir y conservar las especificaciones del Gas Natural que reciben para su transporte, salvo en los casos de mezcla en los que el RUT o cambio de especificaciones es inevitable. En este caso, la nueva calidad también debe ser conservada, con la finalidad de que nunca entregue gas con una calidad inferior a la que recibe. Por lo anterior, cuando el Sistema Integrante identifique a través de sus equipos que el Gas inyectado incumple con las especificaciones indicadas en la norma Norma de Calidad del Gas Natural, podrá negarse a recibirlo previa notificación al Gestor Independiente a través de los Medios Electrónicos. El Usuario o el Suministrador de éste será responsable del incumplimiento ante los Sistemas Integrantes o Usuarios que reciban de forma involuntaria Gas Natural que incumpla la Norma de Calidad del Gas Natural, a reparar el daño provocado o a otorgar una indemnización retributiva equivalente a los daños directos que sean comprobables y documentados de manera fehaciente. El Gestor Independiente se reserva el derecho de rechazar el Gas Natural que no cumpla con las especificaciones establecidas en la Norma de Calidad del Gas Natural vigente o, cualquiera que la modifique o sustituya y en las Disposiciones Jurídicas Aplicables. El Gestor Independiente informará a través de Medios Electrónicos dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes en las que tuvo conocimiento de la recepción del Gas Natural fuera de especificaciones a los Usuarios o partes interconectadas que pudieran verse afectados por la existencia de Gas Natural fuera de las especificaciones establecidas en la Norma de Calidad del Gas Natural, sujeto a que reciba el aviso respectivo por parte del Sistema Integrante o Usuario afectado. El Usuario tendrá el derecho de rechazar el Gas Natural fuera de especificaciones y lo deberá manifestar dentro de las 2.5 (dos horas y media) horas siguientes en las que recibió el aviso de Gas Natural fuera de especificaciones por parte del Gestor Independiente; en caso de no recibirse el reporte de Gas Natural fuera de especificaciones, se entenderá por aceptado el Gas Natural, sin que ello represente responsabilidad alguna del Gestor Independiente. El Gestor Independiente podrá requerir en cualquier momento información a los Usuarios y a los Sistemas Integrantes con la finalidad de resolver cualquier discrepancia en la calidad del Gas Natural. Sin perjuicio de las sanciones que procedan de acuerdo con las Disposiciones Jurídicas Aplicables, cuando el Gas Natural incumpla con las especificaciones de calidad establecidas en las Normas Aplicables, la Norma de Calidad del Gas Natural o, cualquiera que la modifique o sustituya, el Usuario y/o el Sistema Integrante que lo adicione o sustituya. En el evento de rechazo, el COMPRADOR detecte deberá dar aviso vía telefónica o vía correo electrónico al VENDEDORGestor Independiente a través de los Medios Electrónicos pactados entre las partes y en su caso, deberá estar acompañada del soporte documental que acredite dicho incumplimiento para que el Gestor Independiente realice las acciones que considere necesarias. El COMPRADOR Dicha notificación deberá confirmar por escrito al VENDEDOR ser dentro de las un plazo que no podrá exceder de veinticuatro (24) horas siguientes a partir de la toma fecha de tal medidaconocimiento de los sucesos. A su vez, incluyendo el Gestor Independiente notificará al Usuario o Sistema Integrante responsable a fin de que éste adopte las razones medidas necesarias para corregir de inmediato el incumplimiento en las especificaciones de calidad del Gas Natural. Asimismo, notificará a través del Boletín Electrónico o a través de Medios Electrónicos a aquellos Usuarios que fundamenten tal rechazopuedan verse afectados por el incumplimiento en las especificaciones de Gas Natural entregado para que puedan tomar las medidas que consideren pertinentes. En todo caso, si el COMPRADOR llegare a recibir el La recepción de Gas Natural fuera de Especificaciones de Calidad, especificación se realizará conforme lo hará bajo su responsabilidad, de acuerdo con lo establecido en el párrafo siguiente y el numeral 6.3.1 del RUT. Si el COMPRADOR acepta por escrito indique la Entrega del Gas fuera de Especificaciones de Calidad y no rechaza el Gas, por esa aceptación se entiende que acepta y que no tiene reparo o reclamación alguna respecto de las Especificaciones de Calidad del mismo, y por lo tanto, si el COMPRADOR acepta la Entrega de Gas fuera de las Especificaciones de Calidad, para todos los efectos el VENDEDOR no será responsable ante el COMPRADOR o ante terceros por daño alguno derivado de las deficiencias en las Especificaciones de Calidad. Si debido a la deficiencia en las Especificaciones de Calidad del Gas, el VENDEDOR incumple en todo o en parte la Entrega del Gas Natural se aplicará lo dispuesto en la Sección 5.2 de este Contrato, relacionado con el incumplimiento del VENDEDOR. Los métodos de análisis Norma de Calidad del Gas deben estar Natural. El Gestor Independiente se reserva el derecho de acuerdo con mezcla de Gas Natural fuera de especificación en términos de la condición 9.3.3 siguiente. La parte afectada no tendrá responsabilidad alguna ante la parte responsable o un tercero, por daños incurridos como resultado del rechazo del Gas Natural fuera de especificación en el RUT Punto de Recepción o en el Punto de Entrega. El Gestor Independiente, Sistemas Integrantes y el(los) Usuario(s) realizarán sus mejores esfuerzos para determinar la disposición responsabilidad de la calidad del Gas Natural fuera de especificaciones, considerando entre otros aspectos, lo establecido en la Norma de Calidad del Gas Natural vigente o, cualquiera que lo sustituya, la modifique o deroguesustituya. Se entiende El causante del incumplimiento de la calidad deberá compensar en especie o monetariamente la deficiencia del Gas Natural y el costo de daño a la infraestructura, cuando sea el caso. Si el Gestor Independiente, el(los) Sistema(s) Integrante(s) y el(los) Usuario(s) no llegan a un acuerdo, la parte reclamante podrá someter la controversia a la Comisión o como se acuerda que indica en el Gas Entregado por el VENDEDOR al COMPRADOR conforme a este Contrato no será odorizado por el VENDEDOR. La determinación del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco será realizada por el VENDEDOR. Los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco serán reportados por el VENDEDOR al COMPRADOR. En caso mecanismo de que por daño solución de los equipos de medición, los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco no sean reportados, se adoptarán los siguientes mecanismos:controversias.

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Samples: boletin-gestor.cenagas.gob.mx

CALIDAD. El Gas entregado Con el fin de controlar la calidad técnica de los trabajos encomendados, el STC ha establecido un mecanismo de inspección no programada de frecuencia variable, el cual estará orientado básicamente a la verificación de los procedimientos y metodologías comprometidas por el VENDEDOR deberá cumplir con Prestador, también a la observación de condiciones o prácticas de trabajo inseguras. Para tal efecto, la Dirección del Contrato del STC y/o Supervisor PPS efectuará inspecciones en las Especificaciones oportunidades que considere convenientes. En caso de Calidad RUTdetectar no conformidades, irregularidades o discrepancias, el Supervisor PPS comunicará los defectos constatados por medio de un comunicado de obra, para que en un plazo de quince (15) días naturales se realicen las correcciones correspondientes. Si El no cumplimiento de los plazos estipulados dará lugar a la aplicación de multas. En el caso que el Supervisor PPS del STC controle y detecte irregularidades en los procedimientos y metodologías aplicadas, no liberará en ningún caso al Prestador de la responsabilidad de mantener el servicio dentro del estándar técnico comprometido en el Punto contrato. Cuando el Prestador normalice completamente cada defecto establecido, comunicará al Administrador del Contrato del STC su solución y las medidas adoptadas, cuya fecha será tenida en cuenta para verificar el cumplimiento en los plazos de Entrega o Punto de Entrada, el Gas no cumple con las Especificaciones de Calidad, el COMPRADOR o el Transportador rechazará el Gas previa notificación al VENDEDOR, acorde con lo establecido en el RUT o en la norma que lo adicione o sustituyarespuesta. En el evento que se comprobase que el Prestador ha entregado información falsa respecto a la fecha del término de rechazolos trabajos requeridos, se entenderá como información maliciosa, constituyendo una falta grave que además se penalizará con la multa establecida en el COMPRADOR deberá dar aviso vía telefónica o vía correo electrónico contrato, sin perjuicio de las demás sanciones que procedan de acuerdo al VENDEDORcontrato. El COMPRADOR deberá confirmar Prestador asumirá la total responsabilidad por escrito al VENDEDOR la adecuada prestación y correcta ejecución de los alcances encomendados, ya sean prestados o ejecutados por él, su personal o terceros que ejecuten trabajos para él en relación con el servicio. La responsabilidad del Prestador, en relación a la correcta ejecución de los servicios encomendados, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a su alcance, es global, es decir por el total del alcance del servicio. La existencia de una revisión por parte del STC no libera al Prestador de su responsabilidad final para los trabajos contratados. El Prestador deberá preparar un documento que especifique y describa el Sistema de Aseguramiento de la toma de tal medida, incluyendo las razones Calidad que fundamenten tal rechazo. En todo caso, si el COMPRADOR llegare a recibir el Gas fuera de Especificaciones de Calidad, lo hará bajo su responsabilidad, de acuerdo con lo establecido aplicará en el párrafo siguiente y el numeral 6.3.1 del RUT. Si el COMPRADOR acepta por escrito la Entrega del Gas fuera de Especificaciones de Calidad y no rechaza el Gas, por esa aceptación se entiende que acepta y que no tiene reparo o reclamación alguna respecto de las Especificaciones de Calidad del mismo, y por lo tanto, si el COMPRADOR acepta la Entrega de Gas fuera de las Especificaciones de Calidad, para todos los efectos el VENDEDOR no será responsable ante el COMPRADOR o ante terceros por daño alguno derivado de las deficiencias en las Especificaciones de Calidad. Si debido a la deficiencia en las Especificaciones de Calidad del Gas, el VENDEDOR incumple en todo o en parte la Entrega del Gas Natural se aplicará lo dispuesto en la Sección 5.2 de este Contrato, relacionado con definiendo objetivos enfocados a la calidad en el incumplimiento del VENDEDORorigen, cautelando que la entrega de documentos y planos a STC se efectúe sin errores. Los métodos costos asociados a los aspectos de análisis calidad serán a cuenta del Prestador y estarán cubiertos en la oferta que presente para este proceso de Calidad del Gas deben estar de acuerdo con el RUT o la disposición que lo sustituya, modifique o derogue. Se entiende y se acuerda que el Gas Entregado por el VENDEDOR al COMPRADOR conforme a este Contrato no será odorizado por el VENDEDOR. La determinación del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco será realizada por el VENDEDOR. Los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco serán reportados por el VENDEDOR al COMPRADORlicitación. En caso general, para el cumplimiento de que por daño de los equipos de mediciónla Calidad, los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real conceptos de revisión, verificación y Seco no sean reportados, se adoptarán los siguientes mecanismos:codificación será de aplicación lo descrito en el punto 2.4.

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Samples: metro.cdmx.gob.mx

CALIDAD. La empresa distribuidora, con quién se contrate el acceso, será la responsable de la calidad del Servicio, entendiendo como tal, la continuidad del suministro, (número y duración de las interrupciones) y la calidad del producto (características de la onda de tensión), así como de las incidencias que se produzcan en la red, en los términos establecidos en el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre. El Gas entregado CLIENTE tendrá una acción directa con la distribuidora por incumplimiento de las condiciones de continuidad del suministro y calidad del producto exigidas por el VENDEDOR deberá cumplir con Reglamento, desde el momento que aquéllas sean aplicables, pudiendo solicitar el CLIENTE a ZELTRIA ENERGIA SL que gestione o canalice, en su nombre, las Especificaciones reclamaciones administrativas correspondientes. La responsabilidad sobre la disponibilidad, continuidad del suministro y calidad del producto es de Calidad RUT. Si en el Punto la empresa distribuidora de Entrega o Punto de Entrada, el Gas no cumple con las Especificaciones de Calidad, el COMPRADOR o el Transportador rechazará el Gas previa notificación al VENDEDOR, acorde con lo establecido en el RUT o en la norma que lo adicione o sustituya. En el evento de rechazo, el COMPRADOR deberá dar aviso vía telefónica o vía correo electrónico al VENDEDOR. El COMPRADOR deberá confirmar por escrito al VENDEDOR dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la toma de tal medida, incluyendo las razones que fundamenten tal rechazo. En todo caso, si el COMPRADOR llegare a recibir el Gas fuera de Especificaciones de Calidad, lo hará bajo su responsabilidad, zona de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. El incumplimiento de los índices de calidad dará lugar a los descuentos en la facturación establecidos en el párrafo siguiente y el numeral 6.3.1 artículo 105 del RUTRD 1955/2000 o legislación que la desarrolle o sustituya. Si el COMPRADOR acepta por escrito ZELTRIA ENERGIA SL tramitará, a petición del CLIENTE, ante la Entrega del Gas fuera de Especificaciones de Calidad y no rechaza el Gas, por esa aceptación se entiende que acepta y que no tiene reparo o Distribuidora la reclamación alguna respecto de las Especificaciones bonificaciones y descuentos que deba satisfacer al CLIENTE esta última, procediendo al abono de Calidad las mismas, cuando la primera lo haya hecho a ZELTRIA ENERGIA SL. ZELTRIA ENERGIA SL tramitará ante la empresa distribuidora con la que se haya firmado el contrato de acceso previa solicitud del mismoCLIENTE cualquier modificación de la potencia contratada Respecto a la que tuviera hasta ese momento. El pago de los correspondientes derechos de acometida, enganche, y cualesquiera otros conceptos que legalmente fuera preciso abonar así como las modificaciones técnicas necesarias para que la instalación de su propiedad sea conforme con la normativa vigente, será por lo tanto, si el COMPRADOR acepta cuenta del CLIENTE. La modificación de la Entrega de Gas fuera de las Especificaciones de Calidad, para todos los efectos el VENDEDOR no será responsable ante el COMPRADOR o ante terceros por daño alguno derivado de las deficiencias en las Especificaciones de Calidad. Si debido potencia contratada queda supeditada a la deficiencia concesión por parte de la empresa distribuidora de la nueva potencia. La potencia modificada surtirá efecto desde la fecha de concesión por parte de la empresa distribuidora y conllevará la variación de los precios fijados en las Especificaciones de Calidad LAS CONDICIONES PARTICULARES del Gas, el VENDEDOR incumple en todo CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ENERGÍA del presente contrato o en parte la Entrega del Gas Natural el anexo al mismo que a estos efectos se aplicará lo dispuesto firme, y en la Sección 5.2 de este Contrato, relacionado con el incumplimiento del VENDEDOR. Los métodos de análisis de Calidad del Gas deben estar de acuerdo con el RUT o la disposición que lo sustituya, modifique o derogue. Se entiende y se acuerda que el Gas Entregado por el VENDEDOR al COMPRADOR conforme a este Contrato no será odorizado por el VENDEDOR. La determinación del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco será realizada por el VENDEDOR. Los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco serán reportados por el VENDEDOR al COMPRADOR. En caso de que por daño de forma establecida en los equipos de medición, los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco no sean reportados, se adoptarán los siguientes mecanismos:mismos.

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Samples: www.zeltria.es

CALIDAD. El Gas entregado inyectado por el VENDEDOR al Sistema Nacional de Transporte desde el Punto de Entrada, deberá cumplir con las Especificaciones de Calidad RUT. Si en el Punto de Entrega o Punto de Entrada, el Gas no cumple con las Especificaciones de Calidad, el COMPRADOR o el Transportador rechazará el Gas previa notificación al VENDEDOR, acorde con lo establecido en el RUT o en la norma que lo adicione o sustituya. En el evento de rechazo, Rechazo el COMPRADOR deberá dar aviso vía telefónica o vía correo electrónico al VENDEDOR. El COMPRADOR deberá confirmar por escrito al VENDEDOR dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la toma de tal medida, incluyendo las razones que fundamenten tal rechazoRechazo. En todo caso, si el COMPRADOR llegare a recibir el Gas fuera de Especificaciones de Calidad, lo hará bajo su responsabilidad, de acuerdo con lo establecido en el párrafo siguiente y el numeral 6.3.1 del RUT. Si el COMPRADOR acepta por escrito la Entrega del Gas fuera de Especificaciones de Calidad y no rechaza Rechaza el Gas, por esa aceptación se entiende que acepta y que no tiene reparo o reclamación alguna respecto de las Especificaciones de Calidad del mismo, y por lo tanto, si el COMPRADOR acepta la Entrega de Gas fuera de las Especificaciones de Calidad, para todos los efectos el VENDEDOR no será responsable ante el COMPRADOR o ante terceros por daño alguno derivado de las deficiencias en las Especificaciones de Calidad. Si debido a la deficiencia en las Especificaciones de Calidad del Gas, el VENDEDOR incumple en todo o en parte la Entrega del Gas Natural obligación de suministro se aplicará lo dispuesto en la Sección 5.2 el numeral 3.2 de este Contrato, relacionado con el incumplimiento del VENDEDOR. Los métodos de análisis de Calidad del Gas deben estar de acuerdo con el RUT o la disposición que lo sustituya, modifique o derogue. Se entiende y se acuerda que el Gas Entregado por el VENDEDOR al COMPRADOR conforme a este Contrato no será odorizado por el VENDEDOR. La determinación del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco será realizada por el VENDEDOR. Los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco serán reportados por el VENDEDOR al COMPRADOR. En caso de que que, por daño de los equipos de medición, los resultados del Poder Calorífico Bruto para un Gas Real y Seco no sean reportados, se adoptarán los siguientes mecanismos:

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Samples: Contrato De Suministro Firme Al 95 %