AUTORIDAD Cláusulas de Ejemplo

AUTORIDAD. Xxxxxx agente tiene la autoridad para cambiar la póliza o exone- rar ninguna de sus condiciones. Después de que la póliza ha sido emitida, ningún cambio será válido a menos que sea aprobado por escrito por un director o el jefe de evaluación de riesgos de la ase- guradora, y tal aprobación sea avalada por una enmienda a la póliza.
AUTORIDAD. Persona administrativa o jurídica debidamente constituida quien actúa dentro de sus poderes legales y ejerce jurisdicción dentro de cualquier nación, estado, municipalidad, puerto o aeropuerto.
AUTORIDAD. El Banco podrá basarse en la autoridad de cada persona designada por escrito por el Cliente (en una forma aceptable para el Banco) para enviar las Comunicaciones (según se define más adelante) y actuar ante el Banco hasta que el Banco haya recibido una notificación por escrito aceptable para éste de cualquier cambio respecto a una persona debidamente autorizada y haya tenido un tiempo razonable para actuar (después de lo cual se podrá basar en el cambio).
AUTORIDAD. Usted les declara al Obligado, al Administrador y a la Aseguradora que tiene la autoridad para celebrar este acuerdo y quedar sujeto a la aplicación de estos Términos, y que se hará cargo de todos los costos atribuibles a este, y que deberá, a cuenta propia, defender, indemnizar y liberar al Obligado, al Administrador y a la Aseguradora de toda obligación y de cualquier responsabilidad, pérdida o daño (incluidos los honorarios de abogados) determinados en contra del Obligado, del Administrador o de la Aseguradora o incurridos o contraídos por estos como resultado de un alegato o reclamación que estableciera que Usted no tenía dicha autoridad.
AUTORIDAD. El Comprador declara y garantiza a IMCD que la persona que lo represente en el presente Contrato ha sido debidamente autorizada, y tras su ejecución constituirá un contrato válido y legalmente vinculante para el Comprador, ejecutable contra el Comprador de acuerdo con sus términos. Específicamente, el Comprador declara y garantiza que su representante en el presente Xxxxxxxx tiene autoridad para obligar al Comprador a un contrato de arbitraje a los efectos del Artículo 22.
AUTORIDAD. La residencia de obra de el Instituto es la autoridad máxima en todo lo referente al proyecto y ejecución de la obra. La residencia de obra de el Instituto coordina con la supervisora las funciones descritas anteriormente, o las que considere conveniente ampliar o modificar, previo análisis conjunto. La Supervisión queda facultada para tomar decisiones correspondientes al ejercicio de sus funciones, acordes a su responsabilidad, mismas que deberán ser acatadas por la empresa constructora y avaladas por la residencia de obra de el Instituto. Las órdenes respectivas deberán transmitirse siempre por escrito. La residencia de obra podrá revocar por escrito cualquier decisión de la Supervisora que a su juicio no proceda porque se contraponga a las metas y objetivos de el Instituto o no cumpla con los requisitos pactados contractualmente. La Supervisora estará facultada previa comunicación con la residencia de obra para:
AUTORIDAD. 4.1 Este Acuerdo establece la base sobre la cual la Aseguradora aceptará el Negocios de Seguros xxx Xxxxxxxx Local..
AUTORIDAD. Toda modificación a las condiciones generales será válida previa autorización de la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá. Xxxxxx xxxxxxxx, productor o agente tiene facultad para hacer modificaciones o concesiones a la póliza. Después de que la póliza ha sido emitida, ningún cambio será válido a menos que se haya hecho constar por un endoso a la póliza.
AUTORIDAD. Ningún agente de seguros, ni persona alguna, que no esté expresamente autorizada por Bupa, tiene facultad para hacer modificaciones o concesio- nes a la póliza. , ningún cambio será válido a menos que sea pactado entre las partes y sea hecho constar por un endoso a la póliza, registrado por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
AUTORIDAD. Xxxxxx agente tiene la auto- ridad para cambiar la póliza o exonerar ninguna de sus condiciones. Después de que la póliza ha sido emitida, ningún cam- bio será válido a menos que sea aprobado por escrito por un director o el jefe de xxx- luación de riesgos de la aseguradora, y tal aprobación sea avalada por una enmienda a la póliza.