Artículo Sample Clauses

Artículo. 10. COMUNICACION ENTRE LAS PARTES Todas las notificaciones y comunicaciones que se realicen entre las partes, podrán efectuarse a las direcciones de correo electrónico de que se deje constancia en las Condiciones Particulares o por envío de carta certificada dirigida al domicilio de la parte destinataria. Las notificaciones efectuadas por medio de correo electrónico se entenderán realizadas el día en que fueron efectuadas, en tanto que las notificaciones hechas por carta certificada, se entenderán realizadas al tercer día hábil siguiente al ingreso a correo de la carta, según el timbre que conste en el sobre respectivo. Lo anterior es sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 12 sobre Resolución de Contrato por No Pago de Prima. ARTICULO. 11. TERMINACIÓN Tanto Asegurado como Aseguradora podrán poner término anticipado a la Póliza en cualquier momento, sin expresión de causa, mediante comunicación escrita enviada a la otra parte. En tales casos, el Asegurado sólo adeudará la prima por el período devengado (efectivamente cubierto por el seguro) y la Aseguradora tendrá derecho sólo a la proporción de la prima contratada que comprende el período efectivamente cubierto por el seguro. Sin embargo, si el Asegurado hubiere realizado o realizare una denuncia de siniestro que genere o pueda generar el pago de cualquier modo indemnización o servicios de Asesoría Legal, no tendrá derecho a devolución de prima y deberá pagar la que adeudare por toda la vigencia de la Póliza, manteniendo así la cobertura hasta su extinción. La terminación del seguro realizada por el Asegurado producirá sus efectos desde el día que la comunicación arriba mencionada sea recibida por la Compañía en los términos del artículo precedente. La terminación del seguro realizada por la Aseguradora producirá sus efectos transcurridos el plazo de 10 días contados desde la fecha de expedición del aviso. ARTICULO. 12. PRIMA Y EFECTOS DEL NO PAGO DE PRIMA La Aseguradora podrá, en el evento de mora o simple retardo en el pago de todo o parte de la prima, reajustes o intereses, declarar resuelto el contrato mediante carta dirigida al domicilio que el Asegurado haya señalado en la Póliza. La resolución del contrato operará al vencimiento del plazo de quince días corridos, contados desde la fecha de envío de la carta, a menos que antes de producirse el vencimiento de ese plazo sea pagada toda la parte de la prima, reajustes e intereses que estén atrasados, incluidos los correspondientes para el caso de ...
Artículo. Nombre del Producto# Ident.UnidadUnidad de medidaCantidadPrecio de Referencia*Costo TotalAnticonceptivo Oral C-54paquete con 1 ciclo completo Cada uno 14.25M US$0.35 US$4,987,500
Artículo. 1902. La venta que se haga facultando al comprador para que pague el precio en abonos, se sujetará a las reglas siguientes:
Artículo. 85 C.C.A. Toda persona que se crea lesionada en un derecho amparado en una norma jurídica, podrá pedir que se declare la nulidad del acto administrativo y se le restablezca en su derecho; también podrá solicitar que se le repare el daño. La misma acción tendrá quien pretenda que le modifiquen una obligación fiscal, o de otra clase, o la devolución de lo que pagó indebidamente”.
Artículo. La suspensión de los procedimientos administrativos sancionadores ante el Tribunal de Contrataciones del Estado por la instalación de un Tribunal Arbitral 15ArtículoEl Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE 22ArtículoLos Procedimientos Administrativos Arbitrales ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado-OSCEEspecial
Artículo. Material, parte, componente, proceso o dispositivo.

Related to Artículo

  • Condiciones Particulares Conjunto de condiciones aplicables de manera específica a cada póliza, sea que provengan de la voluntad del Asegurado y/o Tomador expresada en la solicitud de seguro o la documentación suplementaria, o porque hubieren sido establecidas por el Instituto como condición para otorgar la cobertura del seguro. Las condiciones particulares tienen prelación sobre las condiciones generales y especiales establecidas en el contrato.

  • Funciones Sin perjuicio de los derechos y facultades concedidos por las Leyes se reconocen a los comités de empresa las siguientes funciones:

  • Excepciones No obstante, en aquellas obras cuya perduración no tenga finalidad práctica como las de sondeos y prospecciones que hayan resultado infructuosas o que por su naturaleza exijan trabajos que excedan el concepto de mera conservación, como los de dragados, no se exigirá plazo de garantía.Siempre que por razones excepcionales de interés público debidamente motivadas en el expediente el órgano de Contratación acuerde la ocupación efectiva de las obras o su puesta en servicio para el uso público, aún sin el cumplimiento del acto formal de recepción, desde que concurran dichas circunstancias se producirán los efectos y consecuencias propios del acto de recepción de las obras y en los términos en que reglamentariamente se establezcan.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Será condición de ejecución del contrato a que se refiere este pliego, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 17.2 del Real Decreto-Ley 13/2.009, de 26 de Octubre, que el nuevo personal que el contratista necesite emplear para la ejecución del contrato se encuentre en situación de desempleo. A estos efectos, sólo se computarán los contratos realizados o por realizar con los trabajadores desempleados inscritos en los Servicios Públicos de Empleo correspondientes como demandantes de empleo no ocupados y los realizados o por realizar con trabajadores autónomos que hayan cesado en su actividad y que estén inscritos en los Servicios Públicos de Empleo correspondientes, como demandantes de empleo no ocupados

  • Condiciones de Participación Podrán participar en esta Contratación Directa, individualmente o en forma conjunta (Consorcios), los Oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas o para contratar establecidas en el artículo 40 de la Ley N° 2.051/03.

  • Condiciones Especiales Normas de carácter especial que, en ocasiones, se incluyen en la póliza para modificar alguna circunstancia contenida en la misma. Estas condiciones tienen prelación sobre las Generales.

  • Especificaciones significa las especificaciones de las Obras incluidas en el Contrato y cualquier modificación o adición hecha o aprobada por el Gerente de Obras.

  • Mantenimiento Los que celebra la Cámara de Comercio de Casanare con el mismo contratista que inicialmente suministro los bienes a los que se refiera el mantenimiento, en razón a su especialidad y a la desventaja técnica y/o económica manifiesta que supondría contratar a otro diferente.

  • Condiciones Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación solo podrá modificarlo, por razones de interés público, en los supuestos previstos en la cláusula 16 de las condiciones específicas del contrato y en el art. 205 LCSP.Se consideran razones de interés público las que tienen la finalidad de lograr el objetivo de estabilidad presupuestaria que se lleven a cabo durante el ejercicio presupuestario correspondiente.

  • Bienes significa todos los productos, materia prima, maquinaria y equipo, y otros materiales que el Proveedor deba proporcionar al Comprador en virtud del Contrato.