APLICACION Cláusulas de Ejemplo

APLICACION. Para viabilizar dicha autorización, el concesionario cedente deberá presentar como requisito inexcusable la copia de los contratos de cesión ante la autoridad de aplicación previo al inicio de la actividad, la que será evaluada y, de corresponder, se dictará el pertinente acto administrativo que la autorice. En caso contrario, será pasible de sanciones. El contrato de cesión parcial deberá contener como parte esencial un plano esc. 1:100 (planta y corte) del sector afectado al uso cedido con cotas parciales y su ubicación en esquema adjunto en la Unidad Turística Fiscal. Deberá dejarse constancia a través del respectivo contrato de cesión parcial de uso que el cesionario asume, comparte y participa de la totalidad de las obligaciones asignadas al concesionario de la Unidad que resulte aplicable de la actividad a desarrollar por el mismo. Dentro de los cinco (5) días de firmado el contrato, deberá ser presentado el mismo ante el Municipio con firmas certificadas ante Escribano Público. El contrato será confeccionado de acuerdo con el modelo establecido por el Departamento Ejecutivo. Como parte de la documentación a presentar, el cedente deberá abonar los Derechos de Cesión Parcial en la Tesorería EMTUR establecidos en la Ordenanza Impositiva para tal fin Se deja constancia que no se autorizará la cesión de usos que no integren la habilitación integral de la Unidad, ni podrán incluirse en los contratos de cesión parcial la obligatoriedad de ejecución de obras comprometidas por el concesionario, ni la transferencia de responsabilidades hacia el cesionario por incumplimiento de obra. A tal fin, el oferente al momento de la presentación de su oferta deberá especificar en forma explícita y detallada cuales son las actividades complementarias, de manera de dejar constituidas sus obligaciones en el desarrollo de la concesión y cuáles estará en condiciones de ceder para su uso por parte de terceros. La cesión parcial de usos complementarios se ajustará en todos los casos a lo establecido en las Cláusulas Particulares del presente Pliego.
APLICACION. Se aplicará como base una (1) mano de sellador acrílico, previamente aprobado por el supervisor. Como acabado final dos manos de Pintura acrílica satinada, color preparado.
APLICACION. 1. Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos siguientes de este Artículo, el presente Acuerdo se aplicará a todos los buques pesqueros que se utilizan o se tenga previsto utilizar para pescar en alta mar.
APLICACION. ARTICULO 6º- Independientemente de lo expuesto en el presente Anexo, y dado su carácter de INICIADORES del SISTEMA DE TRANSPORTE DE INTERCONEXIÓN INTERNACIONAL NODO TARTAGAL - NODO FRONTERA BOLIVIA/ARGENTINA, ENDE CORPORACION podrán aplicar a LA TRANSPORTISTA las sanciones y multas que dichas partes acordaron en el Contrato COM.
APLICACION. Artículo 31
APLICACION. La presente Contratación se regirá conforme a lo dispuesto por la Ley de Contabilidad Nº 55-I, el Decreto Reglamentario Nº 42-1979 I, el Pliego de Condiciones Cláusulas Generales aprobado por Resolución Nº 803-MAS y SP-94 ratificado por Decreto Nº 66-SESP-1997 y sus modificatorias, el Anexo X Xxxxxx de Cláusulas Particulares, el Anexo I, bajo el procedimiento de “LICITACION PÚBLICA Nº 43/19” aprobado por Resolución del HOSPITAL.
APLICACION. 1. Cuando el deducible esté expresado en porcentaje, éste se aplicará a cada edificio o estructura por separado, incluyendo sus contenidos independientemente de que los bienes estén asegurados en uno o varios incisos o en una o varias pólizas.
APLICACION. La palestra ubicada en la sede Xxxxxxx será utilizada conforme los términos de este reglamento, cuya interpretación y aplicación queda a cargo de la capitanía de esquí y andinismo, sin perjuicio de las facultades regulatorias y disciplinarias del Departamento de Educación Física y la Comisión Directiva, o aquel en quien esta las delegue.
APLICACION. Esta tarifa será aplicable a los usuarios de las tarifas H-S, H-T, H-SL y H-TL definidas en el Acuerdo que Autoriza el Ajuste y Modificación de las Tarifas para Suministro y Venta de Energía Eléctrica, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 15 de noviembre de 1996, que soliciten inscribirse en este servicio y que, por las características de su patrón de consumo y de los requerimientos en la operación regional del Sistema Eléctrico Nacional, puedan convenir con el suministrador la limitación de su demanda y la transferencia de carga de un Periodo Horario de Punta Local a otro Periodo Horario. Para poder inscribir a un usuario, el suministrador deberá contar con registros de medición de por lo menos doce meses anteriores a la fecha de la solicitud.
APLICACION